DECRETO N° 252/21
APRUEBA ACTA ACUERDO SALARIAL PARA EL PERSONAL DE SALUD - AÑO 2021.

Publicado en el Boletín N° 20957, el día 31 de Marzo de 2021.



SALTA, 29 de Marzo de 2021

DECRETO Nº 252

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expediente Nº 11-45175/2021 Cpde. 1

VISTO
el Acta Acuerdo Salarial para el personal de salud -año 2021- celebrada el 25 de febrero del corriente año, entre el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Economía y Servicios Públicos, y representantes de entidades sindicales; y,

CONSIDERANDO:

Que es propósito de este Gobierno atender las necesidades socio­económicas de los trabajadores de acuerdo a las posibilidades presupuestarias y financieras de la provincia en el marco de equilibrio y responsabilidad fiscal;

Que en las instancias de diálogo y cumplimiento de los compromisos previos de seguimiento de las variables macroeconómicas, se ha concertado un nuevo Acuerdo Salarial para el sector del personal de salud con las entidades sindicales UPCN, ATE, APSADES, UPES y ATSA;

Que en dicho marco, las partes han acordado las pautas que regirán las remuneraciones del personal del Ministerio de Salud Pública, a partir del mes de enero de 2021, como primer tramo del acuerdo salarial del presente año;

Que concurriendo razones de oportunidad, mérito y conveniencia se formaliza la implementación del acuerdo provincial arribado;

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 144, inciso 2o de la Constitución Provincial, y 2º de la Ley Nº 8.171,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Acta Acuerdo Salarial para el personal de salud -año 2021- celebrada el 25 de febrero del corriente año, la que como Anexo forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2º.- Establécese que la erogación resultante de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a la partida pertinente de la Jurisdicción y CA del Ministerio de Salud Pública - Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública, por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Esteban - Dib Ashur - Posadas



VER ANEXO




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