DECRETO N° 253/21
APRUEBA CONVENIO DE COLABORACIÓN, CELEBRADO ENTRE LA DIRECCIÓN GRAL. DE AVIACIÓN CIVIL Y LA SOCIEDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE GRAL. MOSCONI.

Publicado en el Boletín N° 20957, el día 31 de Marzo de 2021.



SALTA, 29 de Marzo de 2021

DECRETO Nº 253

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 31-271129/2015 Cpde. 47

VISTO
el Convenio de Colaboración, suscripto entre la Dirección General de Aviación Civil y la Sociedad de Bomberos Voluntarios de General Mosconi de la Provincia de Salta; y,

CONSIDERANDO:

Que la finalidad del mismo es proveer el nivel de seguridad mínimo requerido para mantener la Categoría de Aeródromo 2, del Aeropuerto Tartagal, sito en la localidad de General Mosconi, como así también contar con el esencial servicio de extinción de incendios y rescate de tripulaciones para la Aeronave Sanitaria y las demás Aeronaves de la flota provincial que regularmente hacen uso del aeródromo y para las aeronaves civiles, fuerza de seguridad y militares que eventualmente operen en el citado aeródromo;

Que ambos organismos trabajarán en forma mancomunada favoreciendo la realización de acciones conjuntas;

Que conforme lo establecido por la Resolución Nº 27/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, tomaron la intervención de su competencia la Oficina Provincial de Presupuesto, la Unidad de Sindicatura interna y el Servicio Administrativo Financiero de la Gobernación donde obra a fs. 19 la imputación preventiva del gasto;

Por ello, en ejercicio de la facultades conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial y la Ley Nº 8.171,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Convenio de Colaboración celebrado entre la Dirección General de Aviación Civil, representado por su titular, Lic. Gabriel H. Muñoz y la Sociedad de Bomberos Voluntarios de General Mosconi, representado por su presidente, Dn. Javier Eduardo Pacheco, el que como ANEXO forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Posadas



VER ANEXO




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