DECRETO N° 257/20
APRUEBA ACTA CONVENIO CELEBRADO CON LA COMPAÑÍA SALTEÑA DE AGUA Y SANEAMIENTO S.A. (AGUAS DEL NORTE), Y EL EJÉRCITO ARGENTINO.

Publicado en el Boletín N° 20716, el día 06 de Abril de 2020.



SALTA, 02 de Abril de 2020

DECRETO Nº 257

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 386-53605/2020

VISTO
el “Acta de Convenio” celebrada entre la Provincia de Salta, representada por el Sr. Ministro de Infraestructura, Ing. Sergio Camacho, la Compañía Salteña de Agua y Saneamiento S.A. (Aguas del Norte), representada por su Presidente, Dr. Luis María García Salado, y el Ejército Argentino, representado por el Sr. Jefe de la Compañía de Ingenieros de Agua 601, Mayor Luis Alberto Rubio; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Provincial Nº 147/2020 se aprobó el “Acta Intención”, celebrada en fecha 16 de enero de 2020, entre la Provincia de Salta y el Estado Mayor General del Ejército, por el cual este último se comprometió a prestar apoyo de equipos especiales y personal capacitado para gestionar las tareas inherentes a la perforación y captación de agua, a fin de subsanar la falta de este recurso en diferentes localidades de la Provincia;

Que, en virtud de aquella “Acta Intención”, las partes convinieron que el apoyo mencionado involucraría, inicialmente, las tareas de planeamiento, reconocimiento y prospección de agua subterránea en las localidades seleccionadas por la Provincia (indicadas en su Anexo I), a fin de asegurar la existencia de agua en cantidad y calidad, como así también determinar la factibilidad de extracción del recurso para poder dar inicio a las tareas de perforación, captación, potabilización y eventual distribución, con la finalidad de mejorar el bienestar de la población;

Que, en ese marco, y en el entendimiento que las tareas comprometidas devienen necesarias y urgentes, la Compañía Salteña de Agua y Saneamiento S.A. (Aguas del Norte), la Provincia de Salta y el Ejército Argentino, en fecha 21 de febrero de 2020 suscribieron el “Acta de Convenio”;

Que, en lo particular, el “Acta de Convenio” tiene como objetivo la ejecución de tareas en jurisdicción de la Provincia de Salta inherentes a la prestación del servicio de perforación de nueve (9) pozos profundos de agua y la recuperación de dos (2) pozos profundos de agua;

Que, a esos fines, el Ejército Argentino empleará equipos perforadores de dotación, sus correspondientes herramientas y medios auxiliares junto a sus operadores;

Que, en cuanto a la vigencia, se ha establecido un periodo de doscientos noventa (290) días corridos a partir de la suscripción del instrumento, pactándose, además, la posibilidad de prorrogar tantas veces como las partes acuerden;

Que, en términos generales, el “Acta de Convenio” establece los lineamientos jurídicos que han de regir la relación, los derechos y las obligaciones de las partes signatarias, detallándose las que estarán a cargo del Ejército con indicación de las etapas pertinentes por cada perforación de pozo profundo, como así también las que quedan a cargo de la Provincia de Salta y de la Compañía Salteña de Agua y Saneamiento S.A. (Aguas del Norte), quien ejercerá la dirección técnica e inspecciones, verificando y avalando las etapas de trabajo ejecutadas por el primero;

Que persisten las mismas necesidades que llevaron a aprobar por Decreto Nº 147/2020 el “Acta Intención”, de fecha 16 de enero de 2020;

Que tomaron la intervención de su competencia, el Servicio Jurídico mediante Dictamen Nº 28/2020 y la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura;

Que asimismo, el Servicio Administrativo Financiero (S.A.F.), realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el “Acta de Convenio” aludido, se hace necesario el dictado del instrumento legal pertinente de aprobación;

Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el “Acta de Convenio” celebrada entre la Provincia de Salta, representada por el Sr. Ministro de Infraestructura, Ing. Sergio Camacho, la Compañía Salteña de Agua y Saneamiento S.A. (Aguas del Norte), representada por su Presidente, Dr. Luis María García Salado, y el Ejército Argentino, representado por el Sr. Jefe de la Compañía de Ingenieros de Agua 601, Mayor Luis Alberto Rubio, el que como Anexo forma parte del presente Decreto.

ARTÍCULO 2º.- Encomiéndase al Ministerio de Infraestructura y a la Compañía Salteña de Agua y Saneamiento S.A. (Aguas del Norte) las tareas inherentes al cumplimiento de las obligaciones asumidas por la Provincia de Salta en el marco del “Acta de Convenio” que aquí se aprueba, pudiendo a tal fin solicitar colaboración de los organismos públicos vinculados que puedan tener relación con la misma.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007144001 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 213.

ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Camacho - Posadas







VER ANEXO


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