DECRETO N° 262/24
DEJA SIN EFECTO LA DESIGNACIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA PROVINCIA DE SALTA ANTE EL CONSEJO FEDERAL DE MINERÍA (CO.FE.MIN.) DECRETO Nº 839/2021. DESIGNA REPRESENTANTES TITULAR, ALTERNO Y SUPLENTE DEL ALTERNO, ANTE EL CONSEJO FEDERAL DE MINERÍA (CO.FE.MIN.). EN CARÁCTER AD. HONOREM.

Publicado en el Boletín N° 21715, el día 22 de Mayo de 2024.



SALTA, 21 de Mayo de 2024

DECRETO Nº 262

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

VISTO
la solicitud de designación de representantes ante el Consejo Federal de Minería (CO.FE.MIN.); y,

CONSIDERANDO:

Que el CO.FE.MIN., está integrado por representantes de las Provincias y del Estado Nacional, y tiene como misión principal participar activamente en el diseño, ejecución y seguimiento de la política minera nacional;

Que atento al nombramiento de la Secretaria de Minería y Energía, resulta necesario designar una nueva representación de la Provincia ante el citado organismo;

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 inciso 2º, de la Constitución Provincial,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la designación de los representantes de la Provincia de Salta ante el Consejo Federal de Minería (CO.FE.MIN.), dispuesta mediante Decreto Nº 839/2021.

ARTÍCULO 2º.- Desígnase, a partir de la fecha del presente decreto, a la Secretaria de Minería y Energía, Dra. Andrea Romina Sassarini, D.N.l. Nº 33.428.620, y al Director General de Minería, de la Secretaría de Minería y Energía, Dr. Juan José Martínez, D.N.I. Nº 29.337.972, como representantes Titular y Alterno, respectivamente, por la Provincia de Salta, ante el Consejo Federal de Minería (CO.FE.MIN.), en carácter Ad Honorem.

ARTÍCULO 3º.- Desígnase, a partir de la fecha del presente decreto, al Director General de Recursos Energéticos y Mineros, dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, señor Ramón Sebastián Madariaga Caillaou, D.N.I. Nº 27.640.599, como representante Suplente del Alterno, por la Provincia de Salta, ante el Consejo Federal de Minería (CO.FE.MIN.), en carácter Ad Honorem.

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable, por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - De los Ríos Plaza - Dib Ashur - López Morillo






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