DECRETO N° 263/21
DESIGNA AL DR. FRANCISCO ZENÓN AGUILAR COMO PRESIDENTE DEL COMITÉ OPERATIVO DE EMERGENCIA (COE).

Publicado en el Boletín N° 20957, el día 31 de Marzo de 2021.



SALTA, 30 Marzo de 2021

DECRETO Nº 263

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

VISTO
la Ley Nº 8.206; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto de la citada ley, se prorroga la vigencia de la Ley Nº 8.188, que declara el estado de emergencia sanitaria en el territorio de la provincia de Salta, con las modificaciones que se establecen en la misma;

Que, a su vez el Decreto Nº 190/2021, prorroga por el término de seis (6) meses, la declaración de estado de emergencia sanitaria en el territorio de la Provincia de Salta;

Que el artículo 2º de la referida Ley Nº 8.206 modifica la conformación del Comité Operativo de Emergencia;

Que por su parte el artículo 3o incorpora el artículo 2o bis, el cual establece que la Presidencia del Comité será ejercida por quien designe el Poder Ejecutivo, y se desempeñará como referente provincial ante el Gobierno Nacional, en materia referida al virus SARS CoV-2/COVID-19 (Coronavirus), ocupando los demás miembros del Comité la calidad de vocales;

Por ello, de conformidad a lo establecido por el artículo 2o bis de la Ley Nº 8.188,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase al Dr. FRANCISCO ZENÓN AGUILAR, DNI Nº 22.276.100, como PRESIDENTE del COMITÉ OPERATIVO DE EMERGENCIA (COE), a partir de la toma de posesión de sus funciones, en carácter "ad honorem".

ARTÍCULO 2º.- Facúltase al PRESIDENTE para que en función de las decisiones adoptadas por el COMITÉ OPERATIVO DE EMERGENCIA (COE), en el marco de las competencias establecidas en la Ley Nº 8.188 y su modificatoria Nº 8.206, adopte, coordine e Implemente todas las medidas y acciones necesarias, de prevención, mitigación y control de la situación epidemiológica de la provincia, que sean pertinentes a los fines del fortalecimiento del sistema sanitario.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Posadas




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