SALTA, 27 de Abril de 2020
DECRETO Nº 265
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 01-63109/2020
VISTO el Convenio de Ejecución Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, y el Gobierno de la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que el mismo tiene por objeto financiar acciones tendientes a garantizar la seguridad alimentaria de personas en condición de vulnerabilidad social en la Provincia, en los términos del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y del Plan Nacional “Argentina Contra el Hambre”;
Que el citado Ministerio se compromete a transferir a la Provincia aportes financieros por el importe total de pesos trescientos veinticuatro millones ochocientos mil ($ 324.800.000) en concepto de subsidio no reintegrable sujeto a rendición de cuentas;
Que tales aportes estarán destinados a financiar la entrega de 40.000 Módulos Alimentarios para familias en situación de vulnerabilidad socio-económicas, siendo su plazo máximo de inversión de cuatro (4) meses;
Por ello, en el marco de lo dispuesto en el artículo 144 de la Constitución Provincial, y lo previsto en la Ley Nº 8.171,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el CONVENIO DE EJECUCIÓN PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA, suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado por su titular, Lic. Daniel Fernando Arroyo y el Gobierno de la Provincia de Salta, representada por el suscripto, el que como anexo forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Figueroa - Posadas
.