DECRETO N° 265/21
OTORGA EN CALIDAD DE COMODATO INMUEBLE - MATRÍCULA Nº 170.480 DEL DEPARTAMENTO CAPITAL. DESTINO: CONSTRUCCIÓN DE UN CENTRO DE CONTENCIÓN DE ADICCIONES Y VIOLENCIA DE GÉNERO.

Publicado en el Boletín N° 20959, el día 06 de Abril de 2021.



SALTA, 30 de Marzo de 2021

DECRETO Nº 265

SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 388-259348/17 y agregados

VISTO
el pedido de comodato efectuado por la “Fundación Jóvenes de Pies”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada Institución, Personería Jurídica otorgada por Resolución Nº 987/2015, solicita en comodato una fracción del inmueble de mayor extensión identificado con la matrícula Nº 170.480, del Departamento Capital, de titularidad de la Provincia de Salta;

Que lo peticionado tiene por finalidad la construcción de un Centro de Contención de Adicciones y Violencia de Género, en miras a brindar asistencia psicológica, educacional y laboral a jóvenes y familias de la sociedad;

Que la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado, en ejercicio de las competencias asignadas por Decretos Nº 1.407/2006 y Nº 127/2020, aconsejó hacer lugar al comodato pretendido por un plazo de 5 (cinco) años, atento a los fines altruistas de la referida Fundación (Decreto Nº 1.372/2005);

Que han tomado la intervención que les compete la Secretaría de Tierras y Bienes del Estado y la Secretaría Legal y Técnica dependientes de la Secretaría General de la Gobernación;

Que de conformidad a lo establecido por Decreto Nº 7.655/1972 y su modificatorio Nº 1.372/2005 y Decreto Nº 3.149/2010, corresponde la emisión del presente Decreto;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase en calidad de comodato por el plazo de 5 (cinco) años a la “Fundación Jóvenes de Pies”, Personería Jurídica otorgada por Resolución Nº 987/2015, la fracción de 1.008,00 m2 del inmueble de mayor extensión identificado con matrícula Nº 170.480, del Departamento Capital, de titularidad de la Provincia de Salta, con destino la construcción de un Centro de Contención de Adicciones y Violencia de Género, conforme croquis para comodato que como Anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- Autorizase al señor Secretario de Tierras Fiscales y Bienes del Estado a suscribir el pertinente contrato de Comodato.

ARTÍCULO 3°.- Dáse intervención a la Dirección General de Inmuebles de la Provincia para su toma de razón, de acuerdo a lo previsto por Decreto Nº 1.372/2005, a la Contaduría General de la Provincia para su registro y notifíquese a la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado, para su control.

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Posadas



VER ANEXO


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