SALTA, 27 de Abril de 2020
DECRETO Nº 266
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 61.171/2020-código 234
VISTO el Convenio de Ejecución Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que el mismo tiene por objeto financiar acciones tendientes a garantizar la seguridad alimentaria de personas en condición de vulnerabilidad social en la Provincia, en los términos del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y del Plan Nacional “Argentina Contra el Hambre”;
Que el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación se compromete a transferir a la Provincia aportes financieros por el importe total de pesos veinte millones ($20.000.000,00) en concepto de subsidio no reintegrable sujeto a rendición de cuentas;
Que tales aportes estarán destinados a financiar la entrega de 21.000 Módulos Alimentarios para familias en situación de vulnerabilidad socio-económicas, siendo su plazo máximo de inversión de tres (3) meses;
Que tomó intervención la Dirección General de Coordinación Jurídica, Técnica y Administrativa del Ministerio de Desarrollo Social;
Por ello, en el marco de lo dispuesto en el artículo 144 de la Constitución Provincial, y lo previsto en la Ley Nº 8.171;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el CONVENIO DE EJECUCIÓN PLAN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA, suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, representado por la Secretaría de Inclusión Social, y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Salta, el que como anexo forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Figueroa - Posadas
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