DECRETO N° 275/23
APRUEBA CONTRATO DE LOCACIÓN DE INMUEBLE Y SU ADDENDA, SUSCRIPTOS CON LA SRA. MARÍA DEL CARMEN GONZÁLEZ. DESTINO: FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE ATENCIÓN A JÓVENES EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL.

Publicado en el Boletín N° 21460, el día 28 de Abril de 2023.



SALTA, 26 de Abril de 2023

DECRETO Nº 275

MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA

Expediente Nº 316-241670/2020-0 y agregados.-

VISTO el Contrato de Locación de Inmueble y su Addenda, ambos suscriptos entre el entonces Ministerio de Seguridad y la señora María del Carmen González; y,

CONSIDERANDO:

Que el referido Contrato tiene por objeto la locación de un inmueble sito en calle 25 de Mayo Nº 349, identificado catastralmente con la Matrícula Nº 11.190, Manzana 43, Sección "B", Parcela 1D, departamento Metán, destinado exclusivamente al funcionamiento del Centro de Atención a Jóvenes en Conflicto con la Ley Penal Nº 4 - Metán;

Que el entonces Ministerio de Seguridad emitió la Resolución Nº 595/2021, aprobando el procedimiento de selección llevado para la referida locación y adjudicando la contratación a la señora María del Carmen González, por ser el único oferente y ajustarse a lo solicitado;

Que atento lo dispuesto en el artículo 4º de la Resolución Nº 35/2023 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, tomaron debida intervención la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;

Que el Servicio Administrativo Financiero, la Unidad de Sindicatura Interna y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad y Justicia, tomaron la intervención de su competencia;

Por ello, con encuadre en lo dispuesto en el Decreto Nº 803/2001,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébanse el Contrato de Locación de Inmueble y su Addenda, ambos suscriptos entre el entonces Ministerio de Seguridad y la señora María del Carmen González, D.N.I. Nº 18.563.066, los que como Anexos forman parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse al Cuso de Acción: 521020000100 - Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Domínguez - López Morillo



VER ANEXO


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