DECRETO N° 279/23
DISPONE BAJA POR ELIMINACIÓN. AGENTE PABLO ALEJANDRO PAITA. SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 21460, el día 28 de Abril de 2023.



SALTA, 26 de Abril de 2023

DECRETO Nº 279

MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA

Expediente Nº 0140050-232969/2017-2 y adjuntos

VISTO las actuaciones de referencia, relativas a la situación del Agente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta (SPPS), Pablo Alejandro Paita; y,

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, mediante la Disposición Nº 406/2017, dispuso constituir la Junta de Eliminación, con el fin de tratar la situación laboral del Agente Paita;

Que cabe advertir, que el Decreto Nº 1108/1985 -Reglamento de Calificaciones, Ascensos y Eliminaciones del Personal Penitenciario de la Provincia - prevé el procedimiento que obligatoriamente debe seguirse para los ascensos y eliminaciones del personal penitenciario;

Que el artículo 26 del citado Decreto, dispone que las eliminaciones se producen previo estudio de los antecedentes de las Juntas, quienes actúan como asesoras del Director General;

Que en ese marco, la mentada Junta de Eliminación, conforme surge del Acta Nº 11/2017 (bis), recomendó iniciar los trámites conducentes a fin de producir su baja del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, atento a las excesivas sanciones disciplinarias que registra en su escaso termino de antigüedad, lo que denota la falta de interés y compromiso de cumplir con los lineamientos inherentes a la carrera penitenciaria;

Que, posteriormente, la Dirección General del Servicio Penitenciario de Salta, a través de la Disposición Nº 1244/2017, solicitó el dictado del instrumento ilegal pertinente que disponga la baja del citado agente, al encontrarlo comprendido en las previsiones establecidas en el artículo 36 inciso g), del Decreto Nº 1108/1985;

Que en idéntico sentido se manifestó la Subsecretaría de Políticas Criminales y Asuntos Penitenciarios (cf. Dictamen Nº 252/2022) y posteriormente la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad y Justicia; elevando las actuaciones para el dictado del instrumento legal correspondiente, mediante Dictamen Nº 1976/2022;

Que al respecto, cabe tener presente que el artículo 91 de la Ley Nº 5639, dispone que “La baja de un agente podrá producirse: (...) f) Al agente penitenciario eliminado como consecuencia del Régimen de Ascensos y Eliminaciones establecidos por esta ley y sus reglamentaciones...

Que por su parte, el artículo 36 del Decreto Nº 1108/1985, establece que: "La eliminación obligatoria, baja o retiro, se producirá por alguna de las siguientes causas: (...) g. El personal penitenciario que por la naturaleza, gravedad v cantidad de las faltas cometidas por haber incurrido en actos que afecten la ética profesional, sea considerado como elemento pernicioso para la disciplina y en consecuencia, propuesto para su eliminación por cualquiera de los superiores, que intervinieron en su calificación o por la Dirección General del Servicio Penitenciario”;

Que en consecuencia, habiendo quedado acreditada en las constancias de autos la situación del agente, la sanción de baja, cuya aplicación se solicita, resulta ajustada a derecho;

Que en virtud de lo expuesto y atento al dictamen Nº 346/2022 de la Fiscalía de Estado, corresponde disponer la baja por eliminación del agente Pablo Alejandro Paita del Servicio Penitenciario de la Provincia, debiendo emitirse el acto administrativo pertinente;

Por ello, en uso de las potestades conferidas en el artículo 144, inciso 2), de la Constitución Provincial, y en las competencias atribuidas en el artículo 2º de la Ley Nº 8171 y su modificatoria Nº 8274,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese la Baja por eliminación del Agente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, Pablo Alejandro Paita, D.N.I. Nº 28.634.185, Legajo Personal Nº 3295, conforme lo establecido en los artículos 91 inciso f) de la Ley Nº 5639, y 36 inciso g) del Decreto Nº 1108/1985 -Reglamento de Calificaciones, Ascensos y Eliminaciones del Personal del Servicio Penitenciario de la Provincia, en mérito a los fundamentos expresados en el considerando precedente.

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Domínguez - López Morillo






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