DECRETO N° 285/23
INCORPORACIÓN PRESUPUESTARIA. EJERCICIO 2022 DE ADMINISTRACIÓN CENTRAL.

Publicado en el Boletín N° 21461, el día 02 de Mayo de 2023.



SALTA, 27 de Abril de 2023

DECRETO Nº 285

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

Expedientes Nº 85-175/2022, Nº 85-162/2022, Nº 329-249866/2022, Nº 11- 264665/2022, Nº 321-244084/2022, Nº 59-247210/2022, Nº 411-265946/2022-Cde. 2, Nº 11-264920/2022, Nº 130-20288/2022, Nº 130-20288/2022-Cde. 1, Nº 11- 265990/2022, Nº 120-242347/2022-Cde. 2, Nº 44-177488/2022-Cde. 2, Nº 321- 123335/2022-Cde. 3, Nº 48-105854/2022-Cde. 9, Nº 41-260022/2022, Nº 236 - 268367/2022, Nº 11-268672/2022, Nº 234-266505/2022, Nº 159-69520/2022 - Cde. 3, Nº 89-248250/2022-Cde. 3, Nº 244-229003/2022-Cde. 6, Nº 68-261380/2022, Nº 341- 229696/2022, Nº 341-229696/2022-Cde. 1, Nº 341-229696/2022-Cde. 2, Nº 85- 239/2022, Nº 85-251/2022, Nº 85-257/2022, Nº 11-270083/2022, Nº 267-52762/2021-Cde. 1020, Nº 234-264160/2022, Nº 341-233290/2022-Cde, 1, Nº 84-29245/2021-Cde, 46, Nº 321-157541/2022-Cde, 8, Nº 321-120348/2022-Cde. 1, Nº 321-163425/2022-Cde. 1, Nº 236-260201/2022, Nº 44-165487/2022-Cde. 6, Nº 234-261552/2022-Cde. 1 y Nº 234-272222/2022-Cde. 1.-

VISTO los pedidos de incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias efectuados por los Servicios Administrativos Financieros de Administración Central, referidos al Ejercicio 2022; y,

CONSIDERANDO:

Que las partidas de recursos a incorporar corresponden a diversas cuentas integrantes del clasificador presupuestario de recursos por rubros del Ejercicio 2022;

Que la Ley Nº 8298 de Presupuesto Ejercicio 2022, en su artículo 19, autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar presupuestariamente el excedente que se produzca en la ejecución de cada partida de recursos y/o fuentes financieras, como así también los ingresos que se produzcan en el curso del ejercicio o que se encuentren disponibles al inicio del mismo por conceptos y/o importes de recursos y o fuentes financieras no previstas en dicha ley;

Que el artículo 20 de la citada ley, autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar las partidas de recursos por rubro y gastos por objeto, correspondientes a Préstamos o Programas de financiación reintegrables o no reintegrables, de origen nacional o internacional que se obtengan, incluyendo los financiamientos y contrapartes provinciales;

Que el artículo 7º de la Ley Nº 8298 de Presupuesto Ejercicio 2022, expresa que para los Organismos Autárquicos y Sociedades y Empresas del Estado serán de aplicación las normas que dicha ley prevé para la Administración Provincial en materia de incorporaciones y modificaciones presupuestarias;

Que en virtud de ello, debe procederse a incorporar tales recursos y ampliar las respectivas partidas de gastos en las jurisdicciones pertinentes de Administración Central, y del Instituto Provincial de Vivienda, reflejando su incidencia en los Presupuestos, Instituto Provincial de los Pueblos Indígenas de Salta (IPPIS), Hospital Público Materno Infantil S.E., Hospital San Bernardo y Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA);

Que, además, corresponde señalar que el artículo 31 de la Ley Nº 8298, autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar reestructuraciones o transferencias los créditos presupuestarios asignados por dicha Ley;

Que debe reflejarse la incidencia de tales modificaciones en el presupuesto de la Red de Gestión Comunitaria Metán;

Que por todo lo expuesto, corresponde ratificar las incorporaciones y transferencias de partidas, presupuestarias efectuadas por la Oficina Provincial de Presupuesto con encuadre en el artículo 7º del Decreto Nº 138/2022;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Incorpóranse al Presupuesto Ejercicio 2022 de Administración Central, las partidas de Recursos por Rubro descriptas en el Anexo I del presente decreto, con encuadre en lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley Nº 8298 por un importe total de Pesos Dos Mil Ochocientos Ochenta y Nueve Millones Novecientos Once Mil Trescientos Dieciséis con Ochenta y Nueve Centavos ($2.889.911.316 89), de acuerdo al detalle allí consignado.

ARTÍCULO 2º.- Dispónese, de conformidad con lo establecido en el artículo 1º de este instrumento, la incorporación de partidas de Gastos por objeto de Administración Central, por el importe mencionado en el mismo, según detalle obrante en los Anexos II a XXXIX integrantes de este instrumento.

ARTÍCULO 3º.- Apruébase con encuadre en el artículo 31 de la Ley Nº 8298, la transferencia de partidas de Gastos por Objeto efectuadas en el Presupuesto Ejercicio 2022 de Administración Central, por un importe total de Pesos Ciento Sesenta y Ocho Millones Novecientos Cincuenta y Tres Mil Trescientos Sesenta y Cuatro con Treinta y Cuatro Centavos ($168.953.364,34), según detalle obrante en el Anexo XL de este instrumento.

ARTÍCULO 4º.- Apruébase, con encuadre en el artículo 19 de la Ley Nº 8298, la incorporación de partidas de Recursos por Rubro y Gastos por Objeto en el Presupuesto Ejercicio 2022 de la Jurisdicción 16 - Instituto Provincial de Vivienda, per un monto total de Pesos Seiscientos Cincuenta Millones ($650.000.000,00), de acuerdo al detalle obrante en el Anexo XLI del presente instrumento.

ARTÍCULO 5º.- Apruébase, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8298, la incorporación de partidas de Recursos por Rubro y Gastos por Objeto en el Presupuesto Ejercicio 2022 de la Jurisdicción 18 - Instituto Provincial de les Pueblos Indígenas de Salta, por un monto total de Pesos Cuatro Millones Setecientos Dieciséis Mil Cuatrocientos Setenta y Dos con Treinta y Seis Centavos ($4.716.472,26), de acuerdo al detalle obrante en el Anexo XLII del presente decreto.

ARTÍCULO 6º.- Apruébase, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8298, la incorporación de partidas de Recursos por Rubro y Gastos por Objeto en el Presupuesto Ejercicio 2022 de la Jurisdicción 35 - Hospital Público Materna Infantil S.E, por un monto total de Pesos Doce Millones Seiscientos Setenta y Un Mil Setecientos Sesenta y Cinco con Treinta y Seis Centavos ($12.671.765,36), de acuerdo al detalle obrante en los Anexos XLIII y XLIV del presente decreto.

ARTÍCULO 7º.- Apruébase, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8298, la incorporación de partidas de Recursos por Rubro y Gastos por Objeto en el Presupuesto Ejercicio 2022 de la Jurisdicción 40 - Hospital San Bernardo por un monto total de Pesos Ciento Treinta Millones Ochocientos Ochenta y Siete Mil Novecientos Treinta Dos ($130.887.932,00), de acuerdo al detalle obrante en el Anexo XLV del presente decreto.

ARTÍCULO 8º.- Apruébase, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8296, la incorporación de partidas de Recursos por Rubro y Gastos por Objeto en el Presupuesto Ejercicio 2022 de la Jurisdicción 42 - Red de Gestión Comunitaria Metán, por un monto total de Pesos Dieciséis Millones Quinientos Ochenta y Dos Mil Seiscientos Ochenta y Seis ($16.582.686,00), de acuerdo al detalle obrante en el Anexo XLVI del presente decreto.

ARTÍCULO 9º.- Apruébase, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8298, la incorporación de partidas de Recursos y Gastos en el Presupuesto Ejercicio 2022 de la Jurisdicción 28 - Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA), por un monto total de Pesos Doscientos Cuarenta y Nueve Millones Ochocientos Setenta y Dos Mil Cuatrocientos Ochenta y Tres con Ochenta y Ocho Centavos ($249.872.483,88), de acuerdo al detalle obrante en el Anexo XLVII del presente decreto.

ARTÍCULO 10º.- Ratifícanse con encuadre en el artículo 7º del Decreto Nº 138/2022, las incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias Ejercicio 2022, efectuadas por la Oficina Provincial de Presupuesto mediante Batch Nº 11318208, Nº 11349073, Nº 11393675, Nº 11452191, Nº 11487544, Nº 11491003, Nº 11491174, Nº 11491466, Nº 11491731, Nº 11492737, Nº 11494267, Nº 11494982, Nº 11496222, Nº 11497229, Nº 11497309, Nº 11498016, Nº 11499836, Nº 11500742, Nº 11500776, Nº 11500901, Nº 11503513, Nº 11503572, Nº 11504819, Nº 11504844, Nº 111504981, Nº 11505435, Nº 11505855, Nº 11505894, Nº 11510088, Nº 11511171, Nº 11511190, Nº 11511200, Nº 11511213, Nº 11511249, Nº 11511258, Nº 11511345, Nº 11511384, Nº 11511427, Nº 11511449, Nº 11511810, Nº 11511869, Nº 11511993, Nº 11527256, Nº 11527284 y Nº 11556193, que contienen los movimientos presupuestarios previstos en los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º y 8º de este instrumento.

ARTÍCULO 11º.- Comuníquense a la Legislatura Provincial, dentro del plazo de 10 (diez) días, las incorporaciones y transferencias de partidas efectuadas por este decreto, conforme a lo dispuesto en los artículos 19, 20 y 31 de la Ley Nº 8298.

ARTÍCULO 12º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 13º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Dib Ashur - López Morillo



VER ANEXO




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