SALTA, 14 de Mayo de 2020
DECRETO Nº 288
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 83.716/2020-código 234
VISTO el Convenio suscripto entre la Secretaría de Articulación de Política Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución MDS Nº 485/2016, se creó el “Programa de Asistencia por Situaciones de Emergencias Climáticas y Catástrofes Naturales o Accidentales”, estableciendo una línea programática que permite al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación intervenir, a través de un procedimiento específico, para el otorgamiento de subsidios gubernamentales en situaciones de emergencias climáticas y catástrofes naturales o accidentales;
Que en ese marco, la Secretaría de Articulación de Política Social otorga a la Provincia la suma de pesos diez millones ($ 10.000.000,00), en concepto de subsidio destinado a asistir a las personas en situación de vulnerabilidad social, a través de la provisión de alimentos y artículos de higiene, ante la emergencia producida por la rápida propagación del virus COVID-19;
Que la Dirección General de Coordinación Jurídica, Técnica y Administrativa del Ministerio de Desarrollo Social tomó la intervención de su competencia;
Por ello, en el marco de lo dispuesto en el artículo 144 de la Constitución Provincial, y lo previsto en la Ley Nº 8.171,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio suscripto entre la Secretaría de Articulación de Política Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Salta, cuya copia como anexo forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Figueroa - Posadas