SALTA, 18 de Mayo de 2020
DECRETO Nº 290
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Expediente Nº 01-64390/2.020
VISTO el Convenio Marco de Colaboración celebrado entre Desarrollo del Capital Humano Ferroviario Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (DECAHF) y la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que el citado convenio tiene por objeto que DECAHF brinde colaboración, capacitación, asesoramiento y/o asistencia técnica al Gobierno Provincial para la elaboración, desarrollo, diseño y/o implementación de acciones, programas y/o proyectos relativos a las actividades en materia ferroviaria;
Que, en virtud de ello, se constituyó un "Comité Permanente de Seguimiento", integrado por dos representantes de cada una de las partes;
Que es propósito de este Gobierno explorar las potencialidades y promover la interacción con entes y sociedades con capacidades probadas y complemertarias a sus recursos propios, en beneficio del pueblo de la Provincia de Salta;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144 inciso 1º), de la Constitución Provincial, y lo previsto en los artículos 1º y 3º de la Ley Nº 8.171,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio Marco de Colaboración celebrado entre Desarrollo del Capital Humano Ferroviario Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (DECAHF) y la Provincia de Salta, el que como anexo forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Posadas