DECRETO N° 296/23
DESIGNA A LA LIC. MACARENA AUCAPIÑA NIEVA, COMO CONSEJERA SUPLENTE DEL CONSEJO ECONÓMICO SOCIAL DE LA PROVINCIA DE SALTA, EN REPRESENTACIÓN DE LA FUNDACIÓN PRO YUNGAS.

Publicado en el Boletín N° 21466, el día 09 de Mayo de 2023.



SALTA, 5 de Mayo de 2023

DECRETO Nº 296

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 411-83333/2023-0.-

VISTO la Constitución Provincial, la Ley Nº 7784, y la propuesta efectuada por la Fundación ProYungas; y,

CONSIDERANDO:

Que en el marco de lo previsto por el artículo 77 de la Constitución Provincial, la Ley Nº 7784 creó el Consejo Económico Social de la Provincia de Salta como órgano colegiado y consultivo del Poder Ejecutivo en materia de planes económicos-sociales, culturales, científicos y tecnológicos;

Que a los efectos de institucionalizar la participación social y fortalecer la representatividad y el compromiso con las instituciones republicanas, dicho Consejo está integrado por representantes del Poder Ejecutivo Provincial, de los Municipios y de sectores vinculados a la producción, el trabajo, la cultura, la ciencia y la tecnología;

Que los Consejeros se desempeñan “ad honorem”, duran tres (3) años en sus funciones y pueden ser reelegidos;

Que, en virtud de lo establecido por el articulo 7º de la mentada Ley, todos los Consejeros son designados por el Poder Ejecutivo, pudiendo éste remover sin expresión de causa a los miembros por él elegidos, y por solicitud de cada sector, organización o institución a aquéllos propuestos por ellos;

Que la Fundación ProYungas solicita se designe a su Consejero Suplente en el citado órgano consultivo del Poder Ejecutivo;

Que la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación ha tomado la intervención de su competencia;

Por ello, en uso de las competencias conferidas en la Ley Nº 7784,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase a la Lic. Macarena Aucapiña Nieva, D.N.I. Nº 37.004.432, como Consejera Suplente del Consejo Económico Social de la Provincia de Salta, en representación de la Fundación ProYungas, con vigencia al 1º de abril de 2023.

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - López Morillo




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