SALTA, 22 de Mayo de 2020
DECRETO Nº 298
MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA
Expediente Nº 238-61496/2020
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se gestiona la aprobación del Convenio celebrado entre la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT) y la Municipalidad de la Ciudad de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que por el mismo la Municipalidad transfiere la totalidad de sus facultades y/o potestades referidas al servicio público de transporte de pasajeros impropio (taxis y remises) a la Provincia, la que a través de la AMT las ejercerá conforme lo estipulado en dicho Convenio;
Que asimismo, se amplía la vigencia temporal del Convenio celebrado en fecha 27 de julio del año 2009 entre la Provincia de Salta y la intendencia de la Municipalidad de la Ciudad de Salta;
Que mediante el Decreto Nº 357/2018 se aprobó el Convenio de Prórroga firmado entre las citadas partes, con vigencia hasta el 10 de diciembre de 2019;
Que de conformidad a lo establecido en la cláusula quinta del Convenio de fecha 27 de julio de 2009, las partes se encuentran facultadas para pactar su prórroga;
Por ello, y en el marco de las facultades previstas por los artículos 144 de la Constitución Provincial, y 1º de la Ley Nº 8.171,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio celebrado entre la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT) y la Municipalidad de la Ciudad de Salta, el que como Anexo forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
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