DECRETO N° 300/20
DESIGNA A LA ESC. ANALÍA FERNANDA MAMANI COZ, COMO TITULAR DEL REGISTRO NOTARIAL Nº 106 CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20749, el día 27 de Mayo de 2020.



SALTA, 22 de Mayo de 2020

DECRETO Nº 300

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA

Expediente Nº 41-302647/2019-0

VISTO
el expediente de referencia, mediante el cual el Colegio de Escribanos de Salta, eleva la documentación correspondiente al Concurso de Oposición y Antecedentes - Año 2019, llevado a cabo para el acceso a la titularidad de Registros Notariales en la Provincia; y,

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones de referencia consta la solicitud de inscripción y antecedentes, presentados por la Escribana Analía Fernanda Mamani Coz, DNI Nº 33.753.977, aspirante a la titularidad de un Registro Notarial en la ciudad de Salta;

Que el Consejo Directivo del Colegio de Escribanos de la Provincia de Salta, mediante Acta Nº 2.368/2019 resuelve postular a la Escribana Analía Fernanda Mamani Coz, para cubrir la titularidad del Registro Notarial Nº 106, con asiento en la Ciudad de Salta, en mérito al puntaje obtenido por dicho profesional en el Concurso de Oposición y Antecedentes;

Que el Colegio de Escribanos de la Provincia, de conformidad con lo resuelto en sesión de su Consejo Directivo de fecha 30/10/2019, y habiéndose producido la aceptación formal de postulación por parte de la Escribana Mamani Coz, conforme a lo establecido por el artículo 18º de la Ley Nº 6.486, postula a la misma como titular del Registro Notarial Nº 106, con asiento en
la ciudad de Salta, el cual se encuentra vacante por fallecimiento de su anterior titular;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase a la Escribana ANALÍA FERNANDA MAMANI COZ, DNI Nº 33.753.977, como TITULAR DEL REGISTRO NOTARIAL Nº 106 con asiento en la Ciudad de Salta, en mérito a las razones precedentemente enunciadas en el considerando del presente instrumento.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Villada - Posadas




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