DECRETO N° 302/21
OTORGA EN CALIDAD DE COMODATO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LORENZO, MÓVIL ODONTOLÓGICO, DE PROPIEDAD DE LA PROVINCIA DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20972, el día 23 de Abril de 2021.



SALTA, 21 de Abril de 2021

DECRETO Nº 302

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 411-272557/2020

VISTO
el pedido realizado por el señor Intendente de la Municipalidad de San Lorenzo; y,

CONSIDERANDO:

Que dicho funcionario solicita en calidad de comodato el móvil odontológico identificado como acoplado - s/chapa, Nº TRA 001, de propiedad de la Provincia de Salta;

Que dicho móvil será destinado a la exclusiva atención odontológica de personas dentro del ejido de la citada Municipalidad;

Que la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado dependiente de la Secretaría de Tierras y Bienes del Estado, en ejercido de las competencias asignadas por los Decretos Nº 1.407/2006 y Nº 127/2020, aconsejó hacer lugar al comodato pretendido por un plazo de tres (3) años, atento las razones de interés público y general comprometidas;

Que a los fines del préstamo del bien, la comodataria deberá contratar un seguro de responsabilidad civil contra todo riesgo respecto del mismo y del vehículo que lo remolque, acreditar la Revisación Técnica Obligatoria y dar cumplimiento a lo establecido por la Disposición Nº 1.136/1996 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios;

Que ante el eventual incumplimiento de las obligaciones que asuma la comodataria, la Provincia podrá, una vez verificadas las mismas y sin necesidad de intimación previa, rescindir el respectivo comodato;

Que en igual sentido, de conformidad a lo dispuesto por el Decreto Nº 1.372/2005 y al artículo 1.539 del Código Civil y Comercial de la Nación, la Provincia podrá requerir, por cuestiones de oportunidad, mérito o conveniencia, la restitución anticipada del bien mueble objeto de este comodato sin derecho a reclamo o resarcimiento alguno;

Que tomaron intervención la Asesoría Legal de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación, la Subsecretaría del Parque Automotor, la Secretaría de Tierra y Bienes, y la Secretaría Legal y Técnica;

Por ello, y de conformidad a lo establecido por el Decreto Nº 7.655/1972 y su modificatorio Nº 1.372/2005 y el Decreto N° 3.149/2010, corresponde dictar el presente Decreto,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase en calidad de comodato por el plazo de tres (3) años a favor de la Municipalidad de San Lorenzo, el móvil odontológico identificado como acoplado - s/chapa, Nº TRA 001.

ARTÍCULO 2º.- Autorizase al Director Ejecutivo de la Agencia de Contención y Desarrollo Comunitario a suscribir el respectivo contrato de comodato, quien actuará como autoridad de contralor del mismo.

ARTÍCULO 3º.- Dáse intervención a la Contaduría General de la Provincia a la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado, y a la Subsecretaría del Parque Automotor, para su registro.

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Posadas



VER ANEXO


Responsive image Responsive image