DECRETO N° 304/20
INCORPORACIÓN PRESUPUESTARIA - EJERCICIO 2.019. ADMINISTRACIÓN CENTRAL.

Publicado en el Boletín N° 20751, el día 29 de Mayo de 2020.



SALTA, 26 de Mayo de 2020

DECRETO Nº 304

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE FINANZAS

Exptes. Nros. 11-328.936/19, 11-329.413/19, 11-329.633/19, 321-329.429/19, 85-345/19, 236­299.726/19 y 321-324.175/19 Cpde. 1

VISTO los pedidos de incorporaciones de partidas presupuestarias efectuados por diversos Servicios Administrativos Financieros de Administración Central, referidos al Ejercicio 2019; y

CONSIDERANDO:

Que las partidas de recursos a incorporar corresponden a diversas cuentas integrantes del clasificador presupuestario de recursos por rubro del Ejercicio 2019;

Que la Ley Nº 8.127 de Presupuesto Ejercicio 2019, en su artículo 19 autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar presupuestariamente el excedente que se produzca en la ejecución de cada rubro de recursos y/o financiamiento o se encuentren disponible, al inicio del mismo por conceptos y/o importes de recursos y/o fuentes financieras no previstas en dicha ley;

Que el artículo 46 de la Ley Nº 8.127 autoriza al Poder Ejecutivo a disponer las incorporaciones y/o reestructuraciones presupuestarias que resulten necesarias, habilitando en su caso la fuente financiera pertinente, en relación con los gastos que se produzcan en el ámbito del Poder Judicial y del Ministerio Público, como consecuencia de sus necesidades de funcionamiento y la creación de nuevos tribunales, defensorías, asesorías de incapaces y fiscalías, procediéndose a ampliar las plantas de cargos en la cantidad que se convenga con el Poder Ejecutivo;

Qué asimismo, el artículo 31 de la Ley Nº 8.127, autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar reestructuraciones o transferencias en los créditos presupuestarios asignados por dicha Ley;

Que el artículo 7º de la mencionada ley, expresa que para los Organismos Autárquicos y Sociedades y Empresas del Estado serán de aplicación las normas que dicha ley prevé para la Administración Provincial en materia de incorporaciones y modificaciones presupuestarias;

Que debe precederse a incorporar tales recursos y ampliar las respectivas partidas de gastos en las jurisdicciones pertinentes de la Administración Central, reflejándose asimismo su incidencia en los Presupuestos del Ejercicio 2019 del Instituto Provincial de los Pueblos Indígenas de Salta (IPPIS), Tomografía Computada SE, Hospital Dr. Arturo Oñativia, Red de Gestión Comunitaria Metán, Hospital Público Materno Infantil SE y Hospital San Bernardo;

Que deben ratificarse las incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias efectuadas por la Oficina Provincial de Presupuesto con encuadre en el artículo 10 del Decreto Nº 172/19;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Incorpóranse al Presupuesto Ejercicio 2019 de Administración Central, las partidas de Recursos por Rubro descriptas en Anexo I del presente Decreto, con encuadre en lo dispuesto en los artículos 19 y 46 de la Ley Nº 8.127, por un importe total de $478.269.523,07 (pesos cuatrocientos setenta y ocho millones doscientos sesenta y nueve mil quinientos veintitrés con siete centavos), de acuerdo al detalle allí consignado.

ARTÍCULO 2º.- Dispónese, de conformidad con lo establecido en artículo 1º de este instrumento, la incorporación de partidas de Gastos por Objeto de Administración Central, por el importe mencionado en el mismo, según detalle obrante en Anexos II a VII integrantes de este Decreto.

ARTÍCULO 3º.- Apruébase con encuadre en el artículo 31 de la Ley Nº 8.127, la transferencia de partidas de Gastos por Objeto efectuada en el Presupuesto Ejercicio 2019 de Administración Central, por un importe total de $2.111.040,00 (pesos dos millones ciento once mil cuarenta), según detalle obrante en Anexo VIII de este instrumento.

ARTÍCULO 4º.- Ordénase, de conformidad con lo dispuesto en artículo 2º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8.127, la incorporación de partidas de Recursos y Gastos en el Presupuesto Ejercicio 2019 de la Jurisdicción 18 - Instituto Provincial de los Pueblos Indígenas de Salta (IPPIS), por un monto total de $1.472.842,24 (pesos un millón cuatrocientos setenta y dos mil ochocientos cuarenta y dos con veinticuatro centavos), de acuerdo al detalle obrante en Anexo IX del presente Decreto.

ARTÍCULO 5º.- Ordénase, de conformidad con lo dispuesto en artículo 3º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8.127, la incorporación de partidas de Recursos y Gastos en el Presupuesto Ejercicio 2019 de la Jurisdicción 22 - Tomografía Computada SE, por un monto total de $2.111.040,00 (pesos dos millones ciento once mil cuarenta), de acuerdo al detalle obrante en Anexo X del presente Decreto.

ARTÍCULO 6º.- Ordénase, de conformidad con lo dispuesto en artículo 2º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8.127, la incorporación de partidas de Recursos y Gastos en el Presupuesto Ejercicio 2019 de la Jurisdicción 40 - Hospital San Bernardo, por un monto total de $1.758.246,48 (pesos un millón setecientos cincuenta y ocho mil doscientos cuarenta y seis con cuarenta y ocho centavos), de acuerdo al detalle obrante en Anexo XI del presente Decreto.

ARTÍCULO 7º.- Ordénase, de conformidad con lo dispuesto en artículo 2º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8.127, la incorporación de partidas de Recursos y Gastos en el Presupuesto Ejercicio 2019 de la Jurisdicción 41 - Hospital Dr. Arturo Oñativia, por un monto total de $295.041,97 (pesos doscientos noventa y cinco mil cuarenta y uno con noventa y siete centavos), de acuerdo al detalle obrante en Anexo XII del presente Decreto.

ARTÍCULO 8º.- Ordénase, de conformidad con lo dispuesto en artículo 2º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8.127, la incorporación de partidas de Recursos y Gastos en el Presupuesto Ejercicio 2019 de la Jurisdicción 35 - Hospital Público Materno Infantil SE, por un monto total de $3.094.453,18 (pesos tres millones noventa y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y tres con dieciocho centavos), de acuerdo al detalle obrante en Anexo XIII del presente decreto.

ARTÍCULO 9º.- Ordénase, de conformidad con lo dispuesto en artículo 2º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8.127, la incorporación de partidas de Recursos y Gastos en el Presupuesto Ejercicio 2019 de la Jurisdicción 42 - Red de Gestión Comunitaria Metán, por un monto total de $3.041.215,65 (pesos tres millones cuarenta y un mil doscientos quince con sesenta y cinco centavos), de acuerdo al detalle obrante en Anexo XIV del presente Decreto.

ARTÍCULO 10º.- Ratifícanse con encuadre en el artículo 10 del Decreto Nº 172/19, las incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias Ejercicio 2019, efectuadas por la Oficina Provincial de Presupuesto mediante Batch Nros. 9793337, 9794571, 9794664, 9796259, 9799028, 9805028, 9806805, 9808830, 9808917, 9809016, 9809054, 9809093 y 9809756, que contienen los movimientos presupuestarios previstos en los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º y 9º de este instrumento.

ARTÍCULO 11º.- Comuníquense a la Legislatura Provincial, dentro del plazo de 10 (diez) días, y las incorporaciones y transferencias de partidas efectuadas por este Decreto, conforme a lo dispuesto en los artículos 19 y 31 de la Ley Nº 8.127.

ARTÍCULO 12º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Economía y Servicios Públicos y el Sr. Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 13º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Dib Ashur - Posadas



VER ANEXO


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