DECRETO N° 306/21
INCORPORACIÓN PRESUPUESTARIA EJERCICIO 2020 DE ADMINISTRACIÓN CENTRAL.

Publicado en el Boletín N° 20973, el día 26 de Abril de 2021.



SALTA, 22 de Abril de 2021

DECRETO Nº 306

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

Expediente Nº 321-176.801/2020 Cpde. 2 y Agregados

VISTO
los pedidos de incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias efectuados por diversos Servicios Administrativos Financieros de Administración Central y Organismos Descentralizados, referidos al Ejercicio 2020; y,

CONSIDERANDO:

Que las partidas de recursos a incorporar corresponden a diversas cuentas integrantes del clasificador presupuestario de recursos por rubros del Ejercido 2020;

Que la Ley Nº 8.127 de Presupuesto Ejercicio 2019 prorrogada para el Ejercicio 2020 por Ley Nº 8.178, en su artículo 19 autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar presupuestariamente el excedente que se produzca en la ejecución de cada rubro de recursos y/o financiamiento o se encuentren disponibles al inicio del mismo por conceptos y/o importes de recursos y/o fuentes financieras no previstas en dicha Ley;

Que asimismo, en su artículo 39 posibilita la habilitación presupuestaria de fuentes financieras cuando se verifiquen incrementos o ajustes no previstos en cada partida del servicio de la deuda;

Que el artículo 7º de la mencionada Ley, expresa que para los Organismos Autárquicos y Sociedades y Empresas del Estado serán de aplicación las normas que dicha Ley prevé para la Administración Provincial en materia de incorporaciones y modificaciones presupuestarias;

Que debe procederse a incorporar tales recursos y ampliar las respectivas partidas de gastos en las jurisdicciones pertinentes de Administración Central, Red de Gestión Comunitaria Metán y Hospital San Bernardo;

Que el artículo 31 de la Ley Nº 8.127 prorrogada por Ley Nº 8.178, autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar reestructuraciones o transferencias en los créditos presupuestarios asignados por dicha ley en Administración Central;

Que deben ratificarse las incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias efectuadas por la Oficina Provincial de Presupuesto con encuadre en el artículo 7º del Decreto Nº 309/2020;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Incorpóranse al Presupuesto Ejercicio 2020 de Administración Central, las partidas de Recursos por Rubro descriptas en Anexo I del presente Decreto, con encuadre en lo dispuesto en los artículos 19 y 39 de la Ley Nº 8.127, prorrogada para el Ejercicio 2020 por Ley Nº 8.178, por un importe total de $91.809.505,52 (pesos noventa y un millones ochocientos nueve mil quinientos cinco con cincuenta y dos centavos), de acuerdo al detalle allí consignado.

ARTÍCULO 2º.- Dispónese, de conformidad con lo establecido en artículo 1º de este instrumento, la incorporación de partidas de Gastos por Objeto de Administración Central, por el importe mencionado en el mismo, según detalle obrante en Anexos II a XII integrantes de este Decreto.

ARTÍCULO 3º.- Apruébanse con encuadre en el artículo 31 de la Ley Nº 8.127, prorrogada para el Ejercicio 2020 por Ley Nº 8.178, las transferencias de partidas de Gastos por Objeto efectuadas en el Presupuesto Ejercicio 2020 de Administración Central, por un importe total de $172.702.414,58 (pesos ciento setenta y dos millones setecientos dos mil cuatrocientos catorce con cincuenta y ocho centavos), según detalle obrante en Anexos XIII a XXIII de este instrumento.

ARTÍCULO 4º.- Ordénase, de conformidad con lo dispuesto en artículos 1º, 2º y 3º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8.127, prorrogada para el Ejercicio 2020 por Ley Nº 8.178, las incorporaciones de partidas de Recursos y Gastos en el Presupuesto Ejercicio 2020 de la Jurisdicción 42 - Red de Gestión Comunitaria Metán, por un monto total de $11.610.718,25 (pesos once millones seiscientos diez mil setecientos dieciocho con veinticinco centavos), de acuerdo al detalle obrante en Anexos XXIV a XXVII del presente Decreto.

ARTÍCULO 5º.- Ordénase, de conformidad con lo dispuesto en artículos 1º y 2º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8.127, prorrogada para el Ejercicio 2020 por Ley Nº 8.178, la incorporación de partidas de Recursos y Gastos en el Presupuesto Ejercicio 2020 de la Jurisdicción 40 - Hospital San Bernardo, por un monto total de $2.069.084,69 (pesos dos millones sesenta y nueve mil ochenta y cuatro con sesenta y nueve centavos), de acuerdo al detalle obrante en Anexo XXVIII del presente Decreto.

ARTÍCULO 6º.- Ratifícanse con encuadre en el artículo 7º del Decreto Nº 309/2020, las incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias Ejercicio 2.020, efectuadas por la Oficina Provincial de Presupuesto mediante Batch Nros. 10078674, 10089073, 10154560, 10154713, 10156971, 10158584, 10158644, 10161259,10165820, 10247869, 10269377, 10270136, 10271506, 10292729, 10293301, 10294018, 10293755, 10295354, 10295625, 10299319, 10301215, 10310898, 10312965, 10313618, 10315299, que contienen los movimientos presupuestarios previstos en los artículos 1º, 2º, 3º, 4º y 5º de este instrumento.

ARTÍCULO 7º.- Comuníquense a la Legislatura Provincial, dentro del plazo de 10 (diez) días, las incorporaciones y transferencias de partidas efectuadas por este Decreto, conforme a lo dispuesto en los artículos 19, 31 y 39 de la Ley Nº 8.127, prorrogada para el Ejercicio 2020 mediante Ley Nº 8.178.

ARTÍCULO 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Dib Ashur - Posadas



VER ANEXO



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