SALTA, 12 de Mayo de 2023
DECRETO Nº 308
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Expediente Nº 136-59622/2023-0.
VISTO el Convenio celebrado entre la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación y la Provincia de Salta para el Desarrollo Sustentable y Fomento de la Producción Algodonera; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley Nacional Nº 26.060 se creó el Plan de Desarrollo Sustentable y Fomento de la Producción Algodonera y el Fondo de Compensación de Ingresos para la Producción Algodonera (FCIPA), con el objeto de garantizar la sustentabilidad del cultivo del algodón a través de acciones y mecanismos que permitan atenuar los efectos de las oscilaciones bruscas y negativas de los precios, así como promover certidumbre de largo plazo para el productor algodonero;
Que en ese marco, la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación aportará a la Provincia, hasta la súma de $7.861.227,33 (pesos siete millones ochocientos sesenta y un mil doscientos veintisiete con treinta y tres centavos), para el fortalecimiento del sector algodonero;
Por ello, de conformidad con las potestades conferidas por los artículos 140 y 144 de la Constitución Provincial, y lo dispuesto en la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio celebrado entre Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación y la Provincia de Salta, para el Desarrollo Sustentable y Fomento de la Producción Algodonera, el que como Anexo forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-
SÁENZ - De los Ríos Plaza - López Morillo