DECRETO N° 321/21
ACEPTA TRANSFERENCIA DE INMUEBLE A FAVOR DE LA PROVINCIA DE SALTA - MATRÍCULA Nº 133.273 DEL DEPARTAMENTO CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 20975, el día 28 de Abril de 2021.



SALTA, 22 de Abril de 2021

DECRETO Nº 321

>SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 68-17634/2018

VISTO
la Resolución Nº 179/2020 del Instituto Provincial de Vivienda de la Provincia de Salta; y,

CONSIDERANDO:

Que en uso de las facultades establecidas por la Ley Nº 5.167, modificada por su similar Nº 5.963, el Instituto Provincial de Vivienda por conducto del acto administrativo precitado dispuso la transferencia a favor de la Provincia de Salta del inmueble identificado con la matrícula Nº 133.273 del Departamento Capital;

Que conforme surge de autos el “Bancario Vóley Club”, con Personería Jurídica otorgada por Resolución Nº 29/1996, solicita en comodato dicho bien raíz para la instalación de un predio deportivo;

Que la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado dependiente de la Secretaría de Tierras y Bienes del Estado, en el marco de sus competencias asignadas por Decretos Nº 1.407/2006 y Nº 127/2020, aconseja el otorgamiento en comodato del referido inmueble a favor de dicha Institución, por un plazo de 5 (cinco) años;

Que el Poder Ejecutivo Provincial posee facultades para afectar los bienes inmuebles de la Provincia para un determinado uso, conforme las facultades generales
de administración que se desprenden de los artículos 144 inciso 2º, de la Constitución Provincial y 55 de la Ley de Contabilidad de la Provincia, en virtud de lo cual corresponde que, atento a que las actividades a desarrollarse en el mismo beneficiarían a un amplio sector de la sociedad, otorgándoles por medio de una entidad civil, un espacio físico para que puedan ejercer el derecho constitucional de recreación previsto en el artículo 32 y subsiguientes de la Constitución Provincial, se estima conveniente otorgar en comodato el inmueble al “Bancario Vóley Club”, disponiéndose que la administración del mismo recaiga en el Ministerio de Turismo y Deportes;

Que la Secretaría Legal y Técnica dependiente de la Secretaría General de la Gobernación ha tomado la intervención de su competencia;

Que de conformidad a lo establecido por Decreto Nº 7.655/1972 y su modificatorio Nº 1.372/2005 y Decreto Nº 3.149/2010, corresponde el dictado del presente Decreto;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Acéptase la transferencia efectuada mediante Resolución Nº 179/2020 del Instituto Provincial de Vivienda (IPV) a favor de la Provincia de Salta, de un inmueble identificado con la matrícula Nº 133.273 del Departamento Capital.

ARTÍCULO 2º.- Aféctase el inmueble identificado con la matrícula Nº 133.273 del Departamento Capital, al Ministerio de Turismo y Deportes para asignarlo a las actividades propias del Bancario Voley Club.

ARTÍCULO 3º.- Otórgase en calidad de comodato por el plazo de 5 (cinco) años, a favor del Bancario Vóley Club, el inmueble identificado con la matrícula Nº 133.273 del Departamento Capital para el cumplimiento de su objeto social.

ARTÍCULO 4º.- Autorízase al señor Secretario de Deportes a suscribir el respectivo Contrato de Comodato, quien actuará como autoridad de contralor del mismo.

ARTÍCULO 5º.- Dáse intervención a la Dirección General de Inmuebles de la Provincia para su toma de razón y registro de la transferencia de dominio operada conforme artículo 1.553 del Código Civil y Comercial de la Nación; a la Dirección de Tierras Fiscales y Bienes del Estado para su registro y control; y a la Contaduría General de la Provincia para su registro, de acuerdo a lo establecido en artículo 60 del Decreto Ley Nº 705/1957.

ARTÍCULO 6º.-
El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Turismo y Deportes, y de Economía y Servicios Públicos y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 7º .- Comuníquese, pulíquese en el Boletin Oficial y archívese.



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