DECRETO N° 325/21
DESIGNA AL SEÑOR MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA, COMO REPRESENTANTE DE LA PROVINCIA, EN TODAS LAS INSTANCIAS PRELIMINARES, DE APROBACIONES DE PROYECTOS, DE LAS SUSCRIPCIONES DE LOS CONVENIOS ESPECÍFICOS Y DE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS PÚBLICAS. PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA DE CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL.

Publicado en el Boletín N° 20977, el día 30 de Abril de 2021.



SALTA, 27 de Abril de 2021

DECRETO Nº 325

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

VISTO
la implementación del “Programa de Infraestructura de Centros de Desarrollo Infantil’’, creado por la Resolución Nº 59/2021 del Ministerio de Obras Públicas de la Nación; y,

CONSIDERANDO:

Que el objetivo del referido Programa es igualar oportunidades para la primera infancia y reducir las brechas existentes de pobreza, género, inequidades territoriales y así facilitar el acceso a espacios de desarrollo infantil a través de la construcción de espacios de primera infancia que ofrecen servicios de cuidado, educación, promoción de la salud, recreación y estimulación a niños y niñas de 45 días a 4 años de edad inclusive;

Que el Programa se desarrollará con financiamiento nacional y se ejecutará a través de las Provincias y los Municipios cuyos proyectos resulten aprobados para su ejecución;

Que el Ministerio de Obras Públicas de la Nación concentrará entre sus obligaciones principales y en la medida de la disponibilidad de recursos financieros suficientes, las de financiar y monitorear los proyectos de obra que resulten aprobados;

Que a los efectos de hacer operativas todas las instancias preliminares a las aprobaciones de los proyectos y/o la suscripción de los Convenios Específicos que podrían incluirse en el marco del citado Programa, resulta necesaria la designación del representante de la Provincia;

Que de conformidad a la Ley de Ministerios Nº 8.171, la competencia para intervenir en este Programa recae naturalmente sobre el Ministerio de Infraestructura;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 140 y 144, inciso 2º de la Constitución Provincial, y en el artículo 2º de la Ley Nº 8.171,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase al señor Ministro de Infraestructura, Ing. Sergio Darío Camacho, DNI Nº 16.129.179 como Representante de la Provincia de Salta en todas las instancias preliminares, de aprobaciones de proyectos, de las suscripciones de los Convenios Específicos y de la ejecución de las obras públicas hasta su conclusión, que podrían incluirse en el marco del “Programa de Infraestructura de Centros de Desarrollo Infantil”, creado por la Resolución Nº 59/2021 del Ministerio de Obras Públicas de la Nación.

ARTÍCULO 2º.- Dispónese que las tareas asignadas en cumplimiento de lo dispuesto por el presente, implican la máxima responsabilidad en el “Programa de Infraestructura de Centros de Desarrollo Infantil", en la gestión de las obras y hasta su conclusión, de los Centros de Desarrollo Infantil que se incluirán en el mismo, conforme al detalle que como Anexo forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 3º.- Facúltese al señor Ministro de Infraestructura a designar, en el marco del citado Programa, a los representantes legal, contable y técnico de las obras comprendidas en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 4º.- Dispónese que las tareas asignadas en cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto, serán en carácter ad honorem.

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Posadas



VER ANEXO




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