DECRETO N° 330/23
INCORPORACIÓN PRESUPUESTARIA - EJERCICIO 2022. ADMINISTRACIÓN CENTRAL.

Publicado en el Boletín N° 21481, el día 01 de Junio de 2023.



SALTA, 29 de Mayo de 2023

DECRETO Nº 330

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

Expedientes Nº 238-67.836/2022, Nº 41-244.582/2022-0, Nº 11-280.192/2022-0, Nº 321- 115.358/2022 Cpde. 1, Nº 171-15.374/2022, Nº 321-127.108/2022 Cpde. 2, Nº 11- 276.317/2022, Nº 76-280.359/2022, Nº 16-264.917/2022, Nº 16-264 917/2022 Cpde. 1, Nº 321-278.520/2022, Nº 321-272.662/2022, Nº 321-242.316/2022 Cpde. 1, Nº 321- 261.435/2022 Cpde. 1, Nº 11-281.241/2022, Nº 236-281.901/2022, Nº 417-87.059/2022 Cpde. 4, Nº 231-277.335/2022, Nº 41-276.669/2022, Nº 234-279.945/2022, Nº 234-281.525/2022, Nº 234-281.583/2022, Nº 11-276.507/2022, Nº 11-286.145/2022, Nº 11- 286.305/2022, Nº 120-242.347/2022 Cpde. 5. Nº 236-284.676/2022, Nº 384-257.820/2016 Cpde. 39, Nº 130-20.341/2022, Nº 411-191.155/2021 Cpde. 65, Nº 435-253.293/2022 Cpde. 2, Nº 435-265.126/2022 Cpde. 3, Nº 11-252.707/2022 Cpde. 1 y Nº 16- 286.090/2022.-

VISTO los pedidos de incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias efectuados por los Servicios Administrativos Financieros de Administración Central, referidos al Ejercicio 2022; y,

CONSIDERANDO:

Que las partidas de recursos a incorporar corresponden a diversas cuentas integrantes del clasificador presupuestario de recursos por rubros del Ejercicio 2022;

Que la Ley Nº 8298 de Presupuesto Ejercicio 2022, en su artículo 19 autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar presupuestariamente el excedente que se produzca en la ejecución de cada rubro de recursos y/o fuentes financieras, como así también los ingresos que se produzcan en el curso del ejercicio o que se encuentren disponibles al inicio del mismo por conceptos y/o importes de recursos y/o fuentes financieras no previstas en dicha ley;

Que el artículo 20 de la citada ley, autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar las partidas de recursos por rubro y gastos por objeto, correspondientes a Préstamos o Programas de financiación reintegrables o no reintegrables, de origen nacioral o internacional que se obtengan, incluyendo los financiamientos y contrapartes provinciales;

Que, asimismo, el articulo 25 de la mencionada ley, autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar el excedente de recaudación generado por organismos que reinvierten sus recursos, como asimismo a incorporar los recursos no comprometidos al cierre del ejercicio anterior, en la cuenta pertinente del rubro fuentes financieras, ampliando en igual monto las partidas de gastos y/o aplicaciones financieras correspondientes;

Que el artículo 7º de la Ley Nº 8298 de Presupuesto Ejercicio 2022, expresa que para los Organismos Autárquicos y Sociedades y Empresas del Estado serán de aplicación las normas que dicha ley prevé para la Administración Provincial en materia de incorporaciones y modificaciones presupuestarias;

Que en virtud de ello, debe procederse a incorporar tales recursos y ampliar las respectivas partidas de gastos en las jurisdicciones pertinentes de Administración Central, reflejando su incidencia en los Presupuestos del Hospital Dr. Arturo Oñativia, Instiuto Provincial de los Pueblos Indígenas de Salta (IPPIS) y Autoridad Metopolitana de Transporte (AMT);

Que además, corresponde señalar, que el artículo 3º de la Ley Nº 8298, autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar reestructuraciones o transferencias en los créditos presupuestarios asignados por dicha Ley;

Que por lo expuesto, corresponde ratificar las incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias efectuadas por la Oficina Provincial de Presupuesto con encuadre en el artículo 7º del Decreto Nº 138/2022;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Incorpóranse al Presupuesto Ejercicio 2022 de Administración Central, las partidas de Recursos por Rubro descriptas en el Anexo I del presente decreto, con encuadre en lo dispuesto en artículos 19, 20 y 25 de la Ley Nº 8298, por un importe total de Pesos Tres Mil Setecientos Setenta y Cinco Millones Trescientos Sesenta y Cinco Mil Setecientos Cuarenta y Cuatro con Tres Centavos ($3.775.365.744,03), de acuerda al detalle allí consignado.

ARTÍCULO. 2º.- Dispónese, de conformidad con lo establecido en artículo 1º de este instrumento, la incorporación de partidas de Gastos por Objeto de Administrador Central, por el importe mencionado en el mismo, según detalle obrante en los Anexas II a XXXVI integrantes de este instrumento.

ARTÍCULO 3º.- Apruébanse con encuadre en el artículo 31 de la Ley Nº 8298, las transferencias de partidas de Gastos por Objeto efectuadas en el Presupuesto Ejercido 2022 de Administración Central, por un importe total de Pesos Sesenta y Cinco Millones Ciento Veintitrés Mil Doscientos Noventa y Siete con Cuarenta Centavos ($65.123.297,40), según detalle obrante en los Anexos XXXVII a XXXIX de este instrumento.

ARTÍCULO 4º.- Apruébase, de conformidad con lo dispuesto en artículo 2º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8298, la incorporación de partidas de Recursos por Rubro y Gastos por Objeto en el Presupuesto Ejercicio 2022 de la Jurisdicción 41 - Hospital Dr. Arturo Oñativia, por un monto total de Pesos Cuarenta y Dos Millones Doscientos Mil ($42.200.000,00). de acuerdo al detalle obrante en los Anexos XL y XLI del presente decreto.

ARTÍCULO 5º.- Apruébase, de conformidad con lo dispuesto en artículo 2º del preseme instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8298, la incorporación de partidas de Recursos por Rubro y Gastos por Objeto en el Presupuesto Ejercicio 2022 de la Jurisdicción 18 - Instituto Provincial de los Pueblos Indígenas de Salta, por un momo total de Pesos Cinco Millones Cuarenta y Cinco Mil Novecientos Veinticuatro con Siete Centavos ($5.045.924,07), de acuerdo al detalle obrante en el Anexo XLII del presente decreto.

ARTÍCULO 6º.- Apruébase, de conformidad con lo dispuesto en artículo 2º del presente instrumento y con encuadre en los artículos 7º y 19 de la Ley Nº 8298, la incorporación de partidas de Recursos por Rubro y Gastos por Objeto en el Presupuesto Ejercicio 2022 de la Jurisdicción 19 - Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT), por un monto total de Pesos Veinte Millones Ochocientos Ochenta y Un Mil Novecientos Setenta y Cuatro con Cuarenta y Cinco Centavos ($20.881.974,45), de acuerdo al detalle obrante en el Anexo XLIII del presente decreto.

ARTÍCULO 7º.- Ratifícanse con encuadre en el artículo 7º del Decreto Nº 138/2022, las incorporaciones y transferencias de partidas presupuestarias Ejercicio 2022, efectuadas por la Oficina Provincial de Presupuesto mediante Batch Nº 11447862, Nº 11451370, Nº 11489303, Nº 11506655, Nº 11527567, Nº 11527929, Nº 11528008, Nº 11528308, Nº 11531533, Nº 11531573, Nº 11531606, Nº 11534687, Nº 11534840, Nº 11534948, Nº 11534965, Nº 11535016, Nº 11535031, Nº 11535435, Nº 11536714, Nº 11536925, Nº 11537172, Nº 11542535, Nº 11542583, Nº 11542612, Nº 11542687, Nº 11542713, Nº 11542797, Nº 11542841, Nº 11543883, Nº 11544613, Nº 11544919, Nº 11545038, Nº 11545107, Nº 11545171, Nº 11545217, Nº 11545607, Nº 11545724, Nº 11545802, Nº 11546983, Nº 11548071 y Nº 11585577, que contienen los movimientos presiupuestarios previstos en los artículos 1º, 2º, 3º, 4º y 5º de este instrumento.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquense a la Legislatura Provincial, dentro del plazo de 10 (diez) días, las incorporaciones y transferencias de partidas efectuadas por este decreto, conforme a lo dispuesto en los artículos 19, 20 y 31 de la Ley Nº 8298.

ARTÍCULO 9º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 10º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Dib Ashur - López Morillo



VER ANEXO


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