DECRETO N° 332/22
APRUEBA PRÓRROGA DE CONTRATO DE LOCACIÓN DEL INMUEBLE - MATRÍCULA Nº 22.196,UBICADO EN BARRIO 1º DE MAYO DE LA CIUDAD DE SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN, PARA EL FUNCIONAMIENTO DE UN ALBERGUE PARA PACIENTES Y ACOMPAÑANTES DE LAS DISTINTAS COMUNIDADES ORIGINARIAS.

Publicado en el Boletín N° 21236, el día 23 de Mayo de 2022.



SALTA, 19 de Mayo de 2022

DECRETO Nº 332

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 230-54941/2021-0

VISTO el Decreto Nº 1466/2019; y,

CONSIDERANDO:

Que por conducto del referido Decreto se aprobó el Contrato de Locación del Inmueble ubicado en Barrio 1º de Mayo - Manzana H - Casa 5 - Pasaje Romero y Gilabert, Matricula Nº 22.196 de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, para el funcionamiento de un albergue para pacientes y acompañantes de las distintas comunidades originarias, que concurran y sean derivadas al hospital de dicha ciudad;

Que habiéndose cumplido el plazo acordado oportunamente, las partes convienen prorrogarlo desde el día 1º de julio de 2021 y hasta el día 30 de junio de 2023;

Que atento lo dispuesto en el artículo 4º de la Resolución Nº 27/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, ha intervenido la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;

Que la Unidad de Sindicatura Interna y la Dirección General de Asuntos Jurídicos, del Ministerio del rubro, tomaron la intervención de su competencia;

Por ello, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Nº 803/2001, y lo establecido por la Ley Nº 8072 y su Decreto Reglamentario Nº 1319/2018,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la prórroga del Contrato de Locación, suscripta entre el Ministerio de Desarrollo Social y el señor Marcelo Alejandro Juárez, D.N.I. Nº 38.342.522, el que como anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande la presente deberá imputarse a la respectiva partida presupuestaria - Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Vargas - López Morillo



VER ANEXO


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