DECRETO N° 335/23
APRUEBA ACTA ACUERDO CELEBRADA ENTRE LA ESCRIBANIA DE GOBIERNO Y LOS SEÑORES MARÍA EUGENIA SASTRE Y MIGUEL SASTRE.

Publicado en el Boletín N° 21481, el día 01 de Junio de 2023.



SALTA, 31 de Mayo de 2023

DECRETO Nº 335

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 08-143682/2022 original y Cpde.1.-

VISTO el Acta Acuerdo celebrada por la Escribanía de Gobierno y los señores María Eugenia Sastre y Miguel Sastre, en el marco del Contrato de Locación aprobado mediante Decreto Nº 1366/2018 y prorrogado por su similar Nº 139/2022; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el citado Decreto se aprobó el contrato de locación del inmueble ubicado en calle Dean Funes Nº 454 de la ciudad de Salta, para ser destinado al funcionamiento de las Oficinas de la Escribanía de Gobierno; posteriormente prorrogado por el Decreto Nº 139/2022;

Que vencido el contrato y hasta tanto se concluya el procedimiento de selección correspondiente, las partes acordaron ampliar el plazo del mismo;

Que tramitado dicho procedimiento y concluido, mediante el dictado del Decreto Nº 324/2023 se aprobó un nuevo contrato de locación entre la Escribanía de Gobierno y los titulares del mentado inmueble, por lo que corresponde aprobar el Acta Acuerdo por el cual se convino la continuidad del contrato entre la fecha de vencimiento y la de adjudicación del proceso licitatorio;

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la Resolución Nº 35/2023 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, han tomado intervención la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;

Que la Unidad de Sindicatura Interna, el Servicio Administrativo Financiero y la Secretaría Legal y Técnica, tomaron la intervención de su competencia;

Por ello, conforme lo dispuesto en el Decreto Nº 803/2001,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Acta Acuerdo celebrada entre la Escribanía de Gobierno y los señores María Eugenia Sastre, D.N.I Nº 6.163.751, y Miguel Sastre, D.N.I Nº 26.601.147, a partir del 1º de octubre de 2022 hasta el 6 de noviembre de 2022, el que como Anexo en copia certificada forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá imputarse a la partida respectiva de la Jurisdicción y Curso de Acción correspondiente, Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - López Morillo



VER ANEXO


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