DECRETO N° 349/20
RETIRO VOLUNTARIO DEL SUBOFICIAL MAYOR MARIO GUSTAVO MEDINA. POLICÍA DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 20758, el día 09 de Junio de 2020.



SALTA, 02 de Junio de 2020

DECRETO Nº 349

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Expediente Nº 44-135.920/2019

VISTO
el pedido de Retiro Voluntario presentado por el Suboficial Mayor de la Policía de la Provincia de Salta, Mario Gustavo Medina; y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad a las constancias de autos, se encuentran acreditados los requisitos exigidos para el pase a situación de Retiro Voluntario del Suboficial Mayor de la Policía de la Provincia de Salta Mario Gustavo Medina, conforme lo establece el Acta Complementaria al Convenio de Transferencia del Sistema Provincial de Previsión Social, ratificada mediante Decreto Nacional Nº 301/2006 y Decreto Provincial Nº 134/2006 este último ratificado mediante Ley Nº 8.128, razón por la cual corresponde conceder el beneficio invocado;

Que la liquidación tendiente a la determinación del haber de retiro cuenta con el visado positivo de la ANSES y de la Resolución Nº 181/2020 (fs. 61/62) del Ministerio de Seguridad, debidamente notificada al beneficiario;

Que la Cláusula Octava del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia de Salta al Estado Nacional, aprobado mediante la Ley Nº 6.818, establece que el retiro del Personal de Seguridad debe disponerse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, previo uso de todas las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviere pendiente de usufructuar, según lo dispuesto por el artículo 2º, inciso j), del Decreto Nº 515/2000;

Que es necesario dejar expresamente establecido que, al pasar a retiro voluntario, el Sr. Mario Gustavo Medina quedará automáticamente fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º inc. c) del Decreto Nº 248/1975; como así también de la aplicación del artículo 21 del Decreto Nº 1.950/1977;

Que en virtud a todo lo expresado y atento el Dictamen Nº 431/2020 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, es procedente el dictado del acto administrativo correspondiente;

Por ello, de conformidad con lo establecido en las Leyes Nº 5.519, Nº 6.818 y Nº 8.128,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese el pase a situación de Retiro Voluntario del Suboficial Mayor de la Policía de la Provincia de Salta señor MARIO GUSTAVO MEDINA, DNI Nº 20.689.301, Clase 1.969, Legajo Personal Nº 11.040, Cuerpo Seguridad - Escalafón General - en mérito a las razones enunciadas en el considerando del presente Decreto.

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que en forma previa a hacerse efectivo el pase a retiro del agente, deberá hacer uso de todas las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviese pendientes de usufructuar, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º, inciso j), del Decreto Nº 515/2000.

ARTÍCULO 3º.- Déjase aclarado que el Sargento Ayudante de la Policía de la Provincia de Salta, Mario Gustavo Medina, DNI Nº 20.689.301, Clase 1.969, Legajo Personal Nº 11.040, pase a retiro voluntario se dispone en el artículo 1º del presente, quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º, inciso c), del Decreto Nº 248/1975; como así también de la aplicación del artículo 21 del Decreto Nº 1.950/1977, modificado por el artículo 1º del Decreto Nº 2.875/1997.

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Pulleiro - Posadas



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