DECRETO N° 353/22
DA POR AUTORIZADO EL TRASLADO DE LA AERONAVE DE PROPIEDAD DEL ESTADO PROVINCIAL, QUE TRASLADÓ AL SEÑOR GOBERNADOR Y COMITIVA HACIA LA CIUDAD DE SAN PABLO, REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.

Publicado en el Boletín N° 21239, el día 27 de Mayo de 2022.



SALTA, 26 de Mayo de 2022

DECRETO Nº 353

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 31-68379/2022

VISTO
la comisión oficial que se efectuó a la ciudad de San Pablo, República Federativa de Brasil; y,

CONSIDERANDO:

Que la citada comisión se realizó a fin de cubrir diversas actividades que llevó a cabo el Primer Mandatario de la Provincia, en el vecino país;

Que el Servicio Administrativo Financiero de la Gobernación tomó la intervención de su competencia;

Por ello, con encuadre en los Decretos Nº 4955/2008, Nº 4308/2010, Nº 248/2019 y Nº 239/2020, y a lo establecido por la Resolución Nº 509D/2021 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dáse por autorizado el traslado de la aeronave Learjet 45XR - Matrícula LV-BXD, (alternativa LV-ARD) de propiedad del Estado Provincial, que trasladó al señor Gobernador de la Provincia de Salta y comitiva, hacia la ciudad de San Pablo, República Federativa de Brasil, entre los días 03 al 06 de abril de 2022, al mando de la tripulación de la Dirección General de Aviación Civil, conformada por el Cap. Gonzalo Tulián, DNI Nº 22.567.810, Cap. José Manuel Lamelas, DNI Nº 16.309.842 y Auxiliar a Bordo Constanza Petersen, DNI Nº 27.176.240, debiéndoseles liquidar los viáticos de acuerdo a la legislación vigente, más gastos eventuales e imprevistos, con cargo de oportuna rendición de cuentas.

ARTÍCULO 2º.- El gasto del cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, se imputará a los Cursos de Acción que correspondan de la Jurisdicción 01. Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - López Morillo




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