SALTA, 13 de Junio de 2024
DECRETO Nº 356
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
>VISTO el Acuerdo Marco de Colaboración en Materia de Obras Públicas celebrado entre la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Salta; y,
CONSIDERANDO:
Que por conducto del citado acuerdo las partes convienen adoptar las medidas que resulten pertinentes a los fines de que la Provincia de Salta asuma la financiación y/o la ejecución de las obras públicas que se detallan en el Anexo I, las que actualmente se encuentran a cargo de diversos entes del Sector Público Nacional;
Que a su vez, la Nación se compromete a continuar con la financiación y/o ejecución de las obras consignadas en el Anexo II;
Que respecto a las obras señaladas en el Anexo III las partes acuerdan oportunamente definir cómo se llevará a cabo la financiación y/o ejecución de las mismas;
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 140 y 144 de la Constitución Provincial, y lo dispuesto en la Ley Nº 8171, modificada por su similar Nº 8274,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Acuerdo Marco de Colaboración en Materia de Obras Públicas celebrado entre la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía de la Nación, representada por el Ing. Luis Enrique Giovine y la Provincia de Salta representada por el suscripto, cuyo texto forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Camacho - López Morillo