DECRETO N° 361/21
DA POR AUTORIZADO VUELO SANITARIO OFICIAL. PACIENTE MARÍA LUMILA LESCANO Y FAMILIA. CIUDAD DE JOAO PESSOA - ESTADO DE PARAÍBA - REPÚBLICA DE BRASIL.

Publicado en el Boletín N° 20986, el día 12 de Mayo de 2021.



SALTA, 06 de Mayo de 2021

DECRETO Nº 361

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 417-88015/2021 Cde. 1 y agregados.

> VISTO el pedido de autorización efectuado por la Dirección General de Aviación Civil para el vuelo oficial, que se realizó hacia la ciudad de Joao Pessoa Estado de Paraíba - República de Brasil; y,

CONSIDERANDO:

Que el citado vuelo sanitario se realizó el día 29 de abril del corriente año, a fin de trasladar a la paciente María Lumila Lescano, DNI Nº  27.699.902, y a su familia Matías José Barni, DNI Nº 26.701.352, Luana Barni Lescano, DNl Nº 51.618.340, Bianca Barni Lescano, DNI Nº 55.970.954 y a la señora Ivana del Milagro Lescano, DNI Nº 23.079.913;

Que el Servicio Administrativo Financiero de la Gobernación tomó la intervención de su competencia;

Por ello, con encuadre en los Decretos Nº 4.308/2010 y Nº 239/2020 y a lo establecido por la Resolución Nº 467 D/2020,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dáse por autorizado el vuelo sanitario oficial de la aeronave Learjet 45 XR LV-BXD, de propiedad del Estado Provincial, que trasladó a la paciente María Lumila Lescano y familia, desde la ciudad de Joao Pessoa - Estado de Paraíba -  República de Brasil, el día 29 de abril de 2021, al mando de la tripulación de la Dirección General de Aviación Civil que se detalla a continuación, liquidándoseles los viáticos correspondientes de acuerdo a la legislación vigente, más gastos para el traslado del avión, movilidad y eventuales, con cargo de oportuna rendición de cuentas:



COMISIONADOS:

- Piloto: Capitán Carlos Marton

- Copiloto: Capitán Martín Toledo



MÉDICOS AEROEVACUADORES DE SAMEC:

- Dr. Héctor Enrique Leiva

- Enfermero: Víctor Hugo Pavón



>ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, se imputará a las partidas respectivas de la Jurisdicción que corresponda. Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuniqúese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Posadas




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