SALTA, 9 de Junio de 2023
DECRETO Nº 362
MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA
Expediente Nº 0140050-89529/2022-0
VISTO la solicitud de Retiro Voluntario presentada por el Suboficial Principal del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, Antonio Alfredo Córdoba; y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad a las constancias de autos, se encuentran acreditados los requisitos exigidos para el pase a situación de retiro conforme lo establece el Acta Complementaria al Convenio de Transferencia del Sistema Provincial de Previsión Social, ratificada mediante el Decreto Nacional Nº 301/2006 y Decreto Provincial Nº 134/2006, este último ratificado mediante la Ley Nº 8128 razón por la cual corresponde conceder el beneficio invocado;
Que la liquidación tendiente a la determinación del haber de retiro cuenta con el visado positivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y de la Resolución Nº 327/2023 del Ministerio de Seguridad y Justicia, debidamente notificada al beneficiario;
Que la Cláusula Octava del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia de Salta al Estado Nacional, aprobado mediante Ley Nº 6818, establece que el retiro del Personal de Seguridad debe disponerse per Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, previo uso de todas las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que el agente tuviere pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieran caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º inciso j), del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72 del Decreto Nº 1950/1977, modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2875/1997 debiendo cesar, al finalizar estas, el pago de sus haberes;
Que en virtud a todo lo expresado y atento al Dictamen Nº 931/2023 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad y Justicia es procedente el dictado del instrumento legal correspondiente;
Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 5639, Nº 6818 y Nº 8128,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese el pase a situación de Retiro Voluntario del Suboficial Principal del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, Antonio Alfredo Córdoba, D.N.I. Nº 25.829.887, Clase 1977, Legajo Personal Nº 1730 -Escalafón Penitenciario-, atento a los fundamentos expresados en el considerando precedente.
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que en forma previa a hacerse electivo el pase a retiro del agente, deberá hacer uso de las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviese pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieran caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º inciso i), del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72 del Decreto Nº 1950/1977, modificados por el artículo 10 del Decreto Nº 2875/1997.
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Domínguez - López Morillo