DECRETO N° 365/23
RATIFICA EN TODAS SUS PARTES EL CONTRATO SUSCRIPTO ENTRE LA PROVINCIA DE SALTA Y LA FIRMA AGROMED S.R.L.

Publicado en el Boletín N° 21491, el día 15 de Junio de 2023.



SALTA, 12 de Junio de 2023

DECRETO Nº 365

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente Nº 0090407-198279/2021 y agregados.-

VISTO el Contrato de Promoción de Inversión Privada celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Salta y la firma Agromed S.R.L., en el marco de las disposiciones contenidas en la Ley de Promoción y Estabilidad Fiscal para la Generación de Empleo Nº 8086 y su Decreto Reglamentario Nº 694/2018; y,

CONSIDERANDO:

Que la firma Agromed S.R.L. propone una inversión tendiente a la modernización de la Clínica Santa Catalina, a realizarse en un inmueble localizado en calle Coronel Egües Nº 187, de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, Provincia de Salta, de 627,90 m2 de superficie, identificado con Matrícula Nº 4.818, Sección 6, Manzana 46, Parcela 5, Departamento 16 - Orán;

Que la Ley Nº 8086 crea el Sistema Único de Promoción de las Inversiones Privadas de la Provincia de Salta, para promover la generación de fuentes de trabajo de calidad y disminuir el impacto social que provoca la desocupación y subocupación en todo el territorio provincial, estableciendo un procedimiento que aliente la participación del sector privado, expandiendo la capacidad de producción de bienes y servicios y/o su modernización;

Que entre las medidas de carácter promocional que prevé el referido marco normativo, se encuentra la exención de algunos de los tributos, provinciales existentes, o que se creasen, con exclusión de las Tasas Retributivas de Servicios; y la entrega de Certificados de Crédito Fiscal, por un monto de hasta el 40 % (cuarenta por ciento) de las inversiones a realizar, los que podrán ser utilizados para el pago de los Impuestos a las Actividades Económicas, de Sellos e Inmobiliario Rural, o los que en el futuro lo reemplacen;

Que el Ministerio de Salud Pública, la Unidad de Financiamiento y Promoción de las Inversiones, la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Coordinación Ejecutiva del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable han tomado en su oportunidad la intervención que les compete;

Que encontrándose cumplidos los objetivos y requisitos previstos por la normativa vigente en el proyecto de inversión presentado por la firma Agromed S.R.L. y suscripto el Contrato de Promoción de Inversión Privada celebrado con la Provincia de Salta, por el cual se fijan los alcances de los beneficios concedidos y las obligaciones de las partes, corresponde su ratificación por el Poder Ejecutivo Provincial en ejercicio de las facultades que le son propias y de las que le concede la Ley Nº 8086 y normativa concordante;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase en todas sus partes el contrato suscripto entre la Provincia de Salta, representada por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable, Dr. Martín de los Ríos Plaza, y la firma Agromed S.R.L. el que forma parte del presente decreto como Anexo, por el que se otorga a dicha empresa beneficios promocionales como medida de estímulo y fomento, para la realización de un Proyecto de Inversión Privada bajo el Régimen de Promoción de los Servicios de Salud Humana denominado “Refuncionalización y Equipamiento” de la Clínica Santa Catalina, ubicada en calle Coronel Egües Nº 187 de la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, Provincia de Salta, de 627,90 m2 de superficie. identificado con Matrícula Nº 4.818, Sección 6, Manzana 46, Parcela 5, Departamento 16 - Orán.

ARTÍCULO 2º.- Dispóngase que la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 8086 ejercite los controles necesarios en la ejecución del referido contrato e instruya a los Organismos competentes del Estado a estos fines.

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable, por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - De los Ríos Plaza - Dib Ashur - López Morillo



VER ANEXO


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