DECRETO N° 368/23
DISPONE LA BAJA POR ELIMINACIÓN. CABO DAVID DANIEL SARDINA. SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA.

Publicado en el Boletín N° 21493, el día 21 de Junio de 2023.



SALTA, 15 de Junio de 2023

DECRETO Nº 368

MINISTERIO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA

Expediente Nº 0140050-71831/2022 y agregados.-

VISTO las actuaciones de referencia, relativas a la situación laboral del Agente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta (SPPS), Cabo 1º David Daniel Sardina; y,

CONSIDERANDO:

Que las mismas se inician a raíz del informe elaborado por la Dirección de la Alcaidía Nº 2, que pone en conocimiento la detención del Cabo David Daniel Sardina, acaecida el 30 de agosto de 2018, siendo trasladado al Complejo Federal III de la Localidad de General Güemes, en el marco de los autos caratulados “Catarí, Mirta Noelia y otros sobre Infracción a la Ley Nº 23.737” - Causa Nº 17.516/2018 del Juzgado Federal Nº 1, Secretaria 2 (fs. 01);

Que por tal motivo mediante Disposición Nº 904/2018 de la Dirección General del Servicio Penitenciario, se ordena el pase a Situación de Disponibilidad del Cabo 1º Sardina;

Que seguidamente, dicho organismo mediante Disposición Nº 508/2020 resolvió el pase a Situación de Pasiva del mencionado agente;

Que con posterioridad el Cabo 1º Sardina, remite nota solicitando la reincorporación a la situación activa en su puesto laboral en virtud de haberse resuelto favorablemente su situación penal y, se agrega copia de Oficio Nº 1450/2021 del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 2 de Salta, donde se da a conocer que el nombrado fue absuelto por el beneficio de la duda de los delitos imputados;

Que por tal motivo la Dirección General del Servicio Penitenciario emitió la Disposición Nº 212/2022 por la cual se constituye la Junta de Eliminación para el tratamiento de la situación laboral del Cabo Sardina;

Que a tal efecto, en el marco de las atribuciones de asesoramiento establecidas en el artículo 37 del Decreto Nº 1108/1985 -Reglamento de Calificaciones, Ascenso y Eliminaciones del Personal Penitenciario- y en el artículo 75 de la Ley Nº 5639 -Ley Orgánica del Servicio Penitenciario-, la mencionada junta se reunió en fecha 17 de marzo de 2022 y mediante el Acta Nº 05/2022, recomendó la eliminación mediante la Baja del Cabo David Daniel Sardina, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 91 inciso f) de la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario y los artículos 35 y 36 inciso g) del Decreto Nº 1108/1985;

Que en tal sentido, previa intervención del Departamento de Asesoría Letrada del Servicio Penitenciario (conf. Dictamen Nº 341/22), se dictó Disposición Nº 368/2022 de la Dirección General del referido organismo, solicitando a la Subsecretaría de Políticas Penales, que propicie el dictado del acto administrativo que disponga la Baja del mencionado agente;

Que es dable observar que se ha respetado el procedimiento que obligatoriamente debe seguirse para los ascensos y eliminaciones del personal del Servicio Penitenciario, conforme lo dispone el artículo 26 del Decreto Nº 1108/1985;

Que, asimismo, la Asesoría Legal y Técnica de la Subsecretaría de Políticas Penales (conf. Dictamen Nº 124/2022), la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad y Justicia (conf. Dictamen Nº 912/2022), coinciden en que se disponga la baja del Cabo 1º David Daniel Sardina, por la misma causal que propuso la Junta de Eliminación;

Que debe tenerse presente que la Corte de Justicia de Salta ha manifestado en diversas oportunidades que “el ejercicio del poder disciplinario constituye una potestad propia del Poder Administrador, derivada de la especial relación de sujeción a que se encuentran sometidos voluntariamente los empleados públicos (Tomo 59:269;82:159; 151:437; 205:321, entre otros)" [conf. CJS, 15/10/2020, en causa "Soria, Edgardo Marcelo; García, Julio Eduardo vs. Provincia de Salta de Salta - Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos - Recurso de Apelación” (Expte. Nº CJS 40.178/19)];

Que en virtud a lo expuesto, y atento al Dictamen Nº 312/2022 emitido por Fiscalía de Estado, corresponde disponer la baja del citado agente y emitir el acto administrativo pertinente;

Por ello, y en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144 inciso 2), de la Constitución Provincial, y de las competencias atribuidas por el artículo 2º de la Ley Nº 8171 y su modificatoria Nº 8274,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese la Baja por eliminación del Cabo del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, David Daniel Sardina, D.N.I. Nº 27.252.413, Legajo Personal Nº 3187, conforme lo establecido en el artículo 91 inciso f) de la Ley Nº 5.639 -Ley Orgánica del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta- y el artículo 36 inciso g) del Decreto Nº 1108/1985 -Reglamento de Calificaciones, Ascenso y Eliminaciones del Personal del Servicio Penitenciario-, en mérito a los fundamentos expresados en el considerando precedente.

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y Justicia, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Domínguez - López Morillo




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