DECRETO N° 370/20
ACEPTA DONACIÓN DE DIVERSOS INMUEBLES EN DISTINTOS DEPARTAMENTOS DE LA PROVINCIA DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20761, el día 12 de Junio de 2020.



SALTA, 08 de Junio de 2020

DECRETO Nº 370

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 1100395-167921/2019 y agregados.

VISTO
las ofertas de donación de diversos inmuebles emplazados en distintos Departamentos de la Provincia de Salta; y,

CONSIDERANDO:

Que en autos obran las ofertas de donación de los inmuebles identificados como matrículas catastrales Nº 171.168 del Departamento Capital, Nº 5.730 y 5.776 del Departamento La Caldera, Nº 11.111 y 11.197 del Departamento Cerrillos y Nº 14.793, 15.167, 15.157 y 15.158 del Departamento Rosario de Lerma, realizadas por sus propietarios;

Que las matrículas ofrecidas fueron reservadas como “espacios de uso institucional" en los términos de la Ley de Catastro Nº 2.308 (original Nº 1.030) en las urbanizaciones “Estación Alvarado”, “Cerros de Buena Vista”, “El Mollar I”, “El Mollar II' y “Los Robles”, todas ellas desarrolladas por la empresa MDay, al momento en que los proyectos fueron aprobados a través de la Dirección General de Inmuebles de la Provincia;

Que en ejercicio de las competencias asignadas por Decretos Nº 1.407/2006 y 127/2020, la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado dependiente de la Secretaría de Tierras y Bienes, consideró oportuno dar continuidad al trámite tendiente a la aceptación de las donaciones;

Que la Secretaría Legal y Técnica de la Secretaría General de la Gobernación ha tomado la intervención que le compete;

Que corresponde el dictado del acto administrativo de aceptación de las donaciones realizadas en favor de la Provincia de Salta en calidad de “espacio institucional”, a fin de perfeccionar la transferencia de dominio de dichos inmuebles;

Por ello, en el marco de los artículos 59 de la Ley de Contabilidad de la Provincia Nº 705/1957, 23 del Decreto Nº 7.655/1972, modificado por su similar Nº 333/1986, 1.542, 1.545 y 1.553 del Código Civil y Comercial de la Nación;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Acéptase la donación de los inmuebles identificados catastralmente con las matrículas Nº 171.168 del Departamento Capital, Nº 5.730 y 5.776 del Departamento La Caldera, Nº 11.111 y 11.197 del Departamento Cerrillos, y Nº 14.793, 15.167, 15.157 y 15.158 del Departamento Rosario de Lerma, para su reserva como “espacio de uso institucional” de la Provincia de Salta.

ARTÍCULO 2º.- Agradézcase a la firma Estación Alvarado SRL, y a los señores Sebastian Gianzanti, Nicolás Gianzanti, Francisco Gianzanti, Carlos Marcos Gianzanti, Maria Soledad Ruiz, Marcos Agustín Patrón Uriburu González, Facundo Cornejo Jovanovics, Virginia Cataldi, y Mariana Elisa Fernandez Martinez las donaciones efectuadas, las que redundarán en beneficio de la comunidad.

ARTÍCULO 3º.- Dáse intervención a la Dirección General de Inmuebles de la Provincia para su toma de razón y registro de las transferencias de dominio operadas conforme artículo 1.553 del Código Civil y Comercial de la Nación; a la Dirección de Tierras Fiscales y Bienes del Estado para su registro y control; y a la Contaduría General de la Provincia para su registro, de acuerdo a lo establecido en artículo 60 del Decreto Ley Nº 705/1957.

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Posadas




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