DECRETO N° 373/22
APRUEBA ACTA CONSTITUTIVA DEL CONSORCIO DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS "REGIÓN NORTE II", INTEGRADO POR DIVERSOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21242, el día 01 de Junio de 2022.



SALTA, 30 de Mayo de 2022

DECRETO Nº 373

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente Nº 227-234257/21 y agregados

VISTO las Leyes Nº 25.916, Nº 7070, su Decreto Reglamentario Nº 3097/2010 y el Plan Provincial de Gestión de Residuos Sólidos para la Provincia de Salta, aprobado mediante Decreto Nº 1365/2010; y,

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 105 de la Ley Nº 7070, el tratamiento de los residuos y/o sustancias, excluyendo los peligrosos, patológicos y radioactivos, es de competencia de cada municipio;

Que sin embargo, la cuantía de residuos sólidos urbanos generada es de suma relevancia, estableciéndose su gestión, tratamiento y disposición final como una problemática común a todas las jurisdicciones;

Que tales vicios en la gestión de los residuos sólidos produce una incidencia ambiental, social y económica adversa a la población;

Que en este marco, mediante Decreto Nº 1365/2010, se aprobó el Plan Provincial de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos;

Que el mismo, prevé la coordinación con los municipios involucrados para la formulación y ejecución de proyectos de mejora continua en el servicio de higiene urbana y disposición de residuos, a través de la conformación de centros regionales de disposición final de éstos bajo la figura de Consorcios;

Que dicha figura resulta aplicable a fin de dar respuesta a la necesidad de una adecuada gestión integral y disposición de los residuos sólidos urbanos, originados en la zona norte de la Provincia de Salta, integrada por los Municipios Aguas Blancas, San Ramón de la Nueva Orán, Hipólito Yrigoyen, Pichanal, Embarcación, Colonia Santa Rosa y Urundel;

Que en ese marco, los señores Intendentes de los Municipios referidos y la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, suscribieron en fecha 09 de Diciembre de 2.020, el Acta Constitutiva y el Estatuto del Consorcio de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos “Región Norte II”;

Que tanto el Acta Constitutiva como el Estatuto, fueron aprobados por las respectivas Ordenanzas emitidas por los Concejos Deliberantes de los Municipios firmantes;

Que se entiende por Consorcio una mera unión formada por la gestión o la defensa de intereses comunes, pudiendo abarcar a personas públicas estatales no estatales, interesadas en un resultado de interés público determinado (Marienhoff, M.S., Tratado de Derecho Administrativo, 4º Edición, Ed. Abeledo Perrot, 1990, Tº I, párrafo 163, pág. 509);

Que tratándose el presente, de un Consorcio de naturaleza estatal de derecho público, resultan aplicables todas las disposiciones vigentes en materia de derecho público. Por ende, su funcionamiento deberá encuadrarse en las disposiciones contenidas en la Ley de Contabilidad (Decreto-Ley Nº 705/1957), la Ley Nº 8072 y su Decreto Reglamentario Nº 1319/2018;

Que, asimismo su actividad se encontrará sometida al control de la Auditoría General de la Provincia, aplicándose supletoriamente la Ley Nº 6845 y el Decreto Nº 953/1998, en todo lo que no se oponga a la naturaleza estatal del Ente a crearse;

Que la Coordinación Jurídica y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, han tomado la intervención de su competencia;

Por ello, con encuadre en el artículo 140 de la Constitución Provincial,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Acta Constitutiva del Consorcio de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos “Región Norte II", integrado por los Municipios de Aguas Blancas, San Ramón de la Nueva Orán, Hipólito Yrigoyen, Pichanal, Embarcación, Colonia Santa Rosa y Urundel y el Estatuto del mismo, los que como Anexo forman parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - De los Ríos Plaza - López Morillo



VER ANEXO


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