DECRETO N° 385/23
APRUEBA CONTRATO DE LOCACIÓN DEL INMUEBLE - MATRÍCULA N° 1171 DE LA LOCALIDAD DE EL GALPÓN, DEPARTAMENTO METÁN, DESTINADO AL FUNCIONAMIENTO DEL COLEGIO SECUNDARIO N° 5031, NÚCLEO EDUCATIVO N° 7020 Y EL INSTITUTO N° 6034.

Publicado en el Boletín N° 21497, el día 27 de Junio de 2023.



SALTA, 23 de Junio de 2023

DECRETO Nº 385

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Expediente Nº 0120159-26555/2014-0.

VISTO el Contrato de Locación suscripto entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y el Arzobispado de Salta; y,

CONSIDERANDO:

Que el mencionado contrato tiene por objeto la locación del inmueble sito en calle 25 de Mayo Nº 275, identificado catastralmente como Matrícula Nº 1171, de la localidad de El Galpón, Departamento Metán, destinado al funcionamiento del Colegio Secundario Nº 5031, Núcleo Educativo Nº 7020 y el Instituto Nº 6034, y/o cualquier establecimiento del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología;

Que el Secretario de Administración y Control de Procesos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, emitió la Resolución Nº 5012/2022, aprobando el procedimiento llevado a cabo para la locación referida;

Que la Unidad de Sindicatura Interna y la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, tomaron la intervención de su competencia;

Que atento a lo dispuesto en el artículo 4º de la Resolución Nº 35/2023 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, tomaron debida intervención la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas;

Por ello, conforme a lo dispuesto en el Decreto Nº 803/2001,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Contrato de Locación suscripto entre el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y el Arzobispado de Salta, representado por el S.E.R. Monseñor Mario Antonio Cargnello, Arzobispo de Salta, D.N.I. Nº 10.241.082, y el señor Rubens Víctor Peyrote, D.N.I. Nº 7.674 925, a partir del 1º de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre 2024, el que como Anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, se imputará a la siguiente partida presupuestaria: Jurisdicción 07: Ministerio de Educación - SAF 1: Ministerio de Educación - Curso de Acción: 002 -Actividad: 0001 - Gestión Educativa - Servicios No Personales - Código: 071002000100.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, y por la señora Secretaria General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese



SÁENZ - Cánepa - López Morillo



VER ANEXO


Responsive image Responsive image