DECRETO N° 386/20
DESIGNA A LA DRA. MARÍA DEL PILAR GONZÁLEZ SASTRE PARA INTEGRAR EL DIRECTORIO DEL OBSERVATORIO DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, COMO REPRESENTANTE DEL PODER JUDICIAL.

Publicado en el Boletín N° 20763, el día 18 de Junio de 2020.



SALTA, 12 de Junio de 2020

DECRETO Nº 386

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA

Expediente Nº 01-33.275/2020

VISTO
el pedido de designación de la Dra. María del Pilar González Sastre en el Observatorio de Violencia contra las Mujeres; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 se agrega nota dirigida al señor Gobernador de la Provincia, Dr. Gustavo Adolfo Sáenz, donde se remite copia certificada de la Acordada Nº 13.030, mediante la cual se designa a la Dra. María Pilar González Sastre, para integrar el Directorio del Observatorio de Violencia contra las Mujeres, en representación del Poder Judicial;

Que a fs. 2 se agrega la Acordada donde se designa a la Dra. González Sastre, para integrar el Directorio del Observatorio de Violencia contra las Mujeres, creado por Ley Nº 7.863, como ente autárquico y autónomo;

Que a fs. 6 se agrega nota de la Dra. Mariana Reyes donde se solicita se gestione la designación por el instrumento correspondiente, nombrándola integrante del Directorio del Observatorio de Violencia contra las Mujeres, como representante del Poder Judicial;

Que por las consideraciones expuestas y aclarando que las designaciones del cargo de Directoras realizadas en el Observatorio de Violencia contra las Mujeres, se rigen por la Ley Nº 7.863, con una duración de 4 años en el cargo, (art. 4 de la Ley Nº 7.863);

Que a fin de ejercer la representación de la Provincia en el citado Consejo, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase a la Dra. MARÍA DEL PILAR GONZÁLEZ SASTRE, DNI Nº 34.066.198, para integrar el Directorio del Observatorio de Violencia contra las Mujeres, el cual se encuentra bajo la órbita del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, como represente del Poder Judicial de la Provincia de Salta.

ARTÍCULO 2º.- Dejase establecido que el gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a la partida respectiva y al Curso de Acción correspondiente al Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia - Ejercicio vigente.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia y el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º. - Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Villada - Posadas






Responsive image Responsive image