DECRETO N° 386/21
TRANSFIERE AL ENTE GENERAL DE PARQUES Y ÁREAS INDUSTRIALES, EL INMUEBLE CON MATRÍCULA Nº 15.048 DEL DPTO. GENERAL GÜEMES.

Publicado en el Boletín N° 20988, el día 14 de Mayo de 2021.



SALTA, 10 de Mayo de 2021

DECRETO Nº 386

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente Nº 363-130055/2013-0 y Agregados.

VISTO
la Ley Nº 6.860 y el inmueble identificado catastralmente como Matricula Nº 15.048, del departamento General Güemes; y,

CONSIDERANDO:

Que la citada Ley declaró de utilidad pública y sujeta a expropiación, una fracción del inmueble de propiedad del Ingenio San Isidro SA y otros propietarios, Matrícula Nº 9.390, Finca San Isidro del departamento General Güemes, disponiendo que los planos y la determinación técnica exacta de los emplazamientos, con la indicación de sus nomenclaturas catastrales actualizadas y superficie que, en definitiva, resulte afectada dentro del máximo indicado sería la que establezca el Poder Ejecutivo, en base a los estudios y normas vigentes (conf. artículo 1º de la Ley Nº 6.860);

Que el terreno motivo de la expropiación, debía ser destinado a la instalación de un Parque Industrial, Comercial y asentamiento de Zona Franca y de Instituto Carcelario (conf. artículo 2º de referida Ley);

Que conforme surge de los informes realizados por la Dirección General de Inmuebles de la Provincia de Salta, el inmueble Matricula Nº 15.048, del departamento General Güemes, cuya superficie es de 91 has. 3.079,01 m2 según Plano de Mensura y Subdivisión Nº 001814, registra la titularidad sobre el dominio de la Provincia de Salta;

Que dicho inmueble tiene como catastro de origen a la Matrícula Nº 14.790, la que, a su vez, de conformidad a los antecedentes catastrales registrados, deriva de la fracción del inmueble oportunamente expropiado por el Estado Provincial;

Que el Ente General de Parques y Áreas Industriales, de jurisdicción provincial y en uso de las competencias establecidas en la Ley de su creación, solicita la transferencia por parte de la provincia del mencionado inmueble, con el objeto de concretar en dicho predio el desarrollo y funcionamiento de la ampliación del Parque Industrial de General Güemes;

Que la Ley Nº 7.701 establece que el patrimonio del Ente estará constituido, entre otros recursos, por “Los bienes que la provincia de Salta, los Municipios le transfieran, y los bienes pertenecientes a los Entes Autárquicos de Parques Industriales existentes a la fecha de promulgación de la presente Ley y los que adquiera en el futuro a cualquier título” [conf. artículo 28, inciso a)];

Que, en este sentido, cabe señalar que de la normativa señalada surge además que el Ente tiene por finalidad promover el desarrollo de industrias en la Provincia, la ampliación y modernización de las existentes, propendiendo a una radicación ordenada de los establecimientos industriales, en armonía con el medio ambiente y con los núcleos urbanos, propiciando la integración y complementación de las actividades industriales en aspectos productivos, técnicos y comerciales, en pos del desarrollo económico de la Provincia;

Que consecuentemente, se dio cumplimiento a lo establecido por el artículo 56 de la Ley de Contabilidad (Decreto Ley Nº 705/1957);

Que la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado dependiente de la Secretaría de Tierra y Bienes de la Secretaría General de la Gobernación, emitió dictamen favorable a lo solicitado, en virtud a las competencias asignadas por los Decretos Nº 1.407/2006 y Nº 127/2020;

Que, asimismo, tanto el servicio jurídico del Ente General de Parques y Áreas Industriales como la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, han tomado en su oportunidad la intervención que les compete;

Por ello, en uso de las potestades conferidas por el artículo 144, inciso 2, de la Constitución Provincial y artículo 2º de la Ley Nº 8.171,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Transfiéranse al Ente General de Parques y Áreas Industriales, el inmueble de dominio de la Provincia de Salta identificado catastralmente como Matrícula Nº 15.048, del departamento General Güemes, conforme Plano de Mensura y Subdivisión Nº 001814 aprobado por la Dirección General de Inmuebles que como Anexo forma parte del presente, y en mérito a las razones enunciadas en los considerandos del presente.

ARTÍCULO 2º.- El inmueble será afectado y destinado a la ampliación del Parque Industrial de General Güemes, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley Nº 6.860.

ARTÍCULO 3º.- Instrúyase a Escribanía de Gobierno a instrumentar la respectiva escritura traslativa de dominio, la que estará exenta de todo impuesto, gravamen o contribución.

ARTÍCULO 4º.- Dése intervención a la Dirección General de Inmuebles de la Provincia para su toma de razón; a la Dirección de Tierras Fiscales y Bienes del Estado para su registro y control; y a la Contaduría General de la Provincia para su registro, de acuerdo a lo establecido en artículo 60 del Decreto Ley Nº 705/1957.

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable, por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos, y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - De los Ríos Plaza - Dib Ashur - Posadas



VER ANEXO




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