DECRETO N° 393/21
AFECTA E INTEGRA EL INMUEBLE CON MATRÍCULA Nº 182.525 DEL DEPARTAMENTO CAPITAL, A LA UNIDAD DE AFECTACIÓN DE EDESA S.A.

Publicado en el Boletín N° 20989, el día 17 de Mayo de 2021.



SALTA, 12  de Mayo de 2021

DECRETO Nº 393

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expediente Nº 1100395-311442/2018-0

VISTO
el expediente de la referencia; y,

CONSIDERANDO:

Que a través del mismo, la empresa EDESA SA solicita se dispongan las medidas necesarias y conducentes para tramitar la afectación e integración a su Unidad de Afectación, de una fracción del inmueble de mayor extensión, identificado con la Matrícula Nº 133.332 del Departamento Capital, de propiedad de la Provincia de Salta;

Que en la referida fracción, se encuentra emplazado un Centro de Transferencia de 315 KVA - SN 1825, que sirve para satisfacer la demanda de energía eléctrica de los clientes: ASEMBAL, Policía de Salta, Transporte Hacha de Piedra SRL y el Estadio Deportivo “Padre Ernesto Martearena”;

Que a través de la Resolución Nº 447/2019, el Directorio de Ente Regulador de los Servicios Públicos (ENRESP), resolvió incorporar la referida fracción a la Unidad de Afectación de EDESA SA;

Que la Dirección General de Inmueble interviene confeccionando el Plano de Mensura y Desmembramiento para afectación, aprobado con el Nº 18004, identificando la fracción requerida por EDESA SA con la Matrícula Nº 182.525 del Departamento Capital;

Que los solicitado se encuentra previsto en la Ley Nº 6.819, que establece el "Marco Regulatorio Eléctrico de la Provincia de Salta", la que dispone en su artículo 36 que: "Los bienes que la Sociedad Concesionaria ha recibido para la prestación del servicio y los que se incorporen en cumplimiento del Contrato de Concesión y Pliego de Licitación integrarán un conjunto denominado Unidad de Afectación, los que deberán mantenerse y renovarse de modo de asegurar las más óptimas condiciones de operación, según las exigencias del Contrato de Concesión. La Unidad de Afectación deberá entregarse sin cargo al Concedente al momento de finalizar la Concesión";

Que la Dirección General de Tierras Fiscales y Bienes del Estado se expidió en sentido favorable a lo solicitado, de conformidad con las competencias conferidas por el Decreto Nº 1.407/2006; habiendo intervenido, asimismo, la Secretaría de Tierra y Bienes, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 127/2020;

Que el Poder Ejecutivo Provincial posee facultades para afectar los bienes inmuebles de la Provincia para un determinado uso, de acuerdo a las facultades generales de administración, que se desprenden del artículo 144º inciso 2 de la Constitución Provincial y de los artículos 1º y 55 de la Ley de Contabilidad de la Provincia (Decreto-Ley Nº 705/57);

Que la Secretaría Legal y Técnica ha tomado la intervención que le compete;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Aféctase e intégrase el inmueble identificado con Matrícula Nº 182.525 del Departamento Capital, de propiedad de la Provincia de Salta, a la Unidad de Afectación de EDESA SA, para el funcionamiento del Centro de Transformación de 315 KVA-SN 1825, conforme croquis que como anexo forma parte del presente.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Ente Regulador de los Servicio Públicos (ENRESP) y a la Dirección General de Inmuebles para su toma de razón.

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía y Servicios Públicos y el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



SÁENZ - Dib Ashur - Posadas



VER ANEXO


Responsive image Responsive image