DECRETO N° 397/20
OTORGA CONCESIÓN DE USO DE AGUA PÚBLICA. MATRÍCULA Nº 5617 DEL DEPARTAMENTO CERRILLOS.

Publicado en el Boletín N° 20769, el día 26 de Junio de 2020.



SALTA, 23 de Junio de 2020

DECRETO Nº 397

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente Nº 34-46349/2010-0 y Agregados

VISTO
el pedido de concesión de uso de agua pública efectuado a favor del inmueble identificado catastralmente con la Matrícula Nº 5.617 del Departamento Cerrillos; y,

CONSIDERANDO:

Que los titulares registrales del referido inmueble solicitaron ante la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 7.017 -Código de Aguas de la provincia de Salta-, el otorgamiento de la concesión de uso de agua pública a favor de la Matricula Nº 5.617 del departamento Cerrillos, para irrigar una superficie de 30,0000 has., con un caudal de 15,75 Its./seg., como máximo y de ejercicio eventual, con aguas a derivar de vertientes de Sumalao;

Que, a tal efecto, se encuentra cumplido el extremo exigido por el artículo 69 de la Ley Nº 7.017, en relación a la propiedad del citado inmueble, en tanto se haya acreditada la titularidad registral de los señores Guillermo Andrés Benítez Robles, María Valentina Signorelli, Isabel Natividad Sánchez y Cristina Janet Sánchez, y su conformidad, mediante la copia de la cédula parcelaria actualizada adjunta al expediente;

Que los avisos citatorios fueron cumplidos en legal tiempo y forma, sin que se hubiere registrado oposición alguna al otorgamiento de concesión, conforme lo prevé el artículo 51 de la Ley Nº 7.017 y Decretos reglamentarios;

Que la Secretaría de Recursos Hídricos del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, en su carácter de Autoridad de Aplicación y previa verificación de los requisitos exigidos por la Ley, dictó la Resolución Nº 216 de fecha 29 de julio de 2014, aconsejando hacer lugar a la concesión de uso de agua pública, a favor de la Matrícula Nº 5.617 del departamento Cerrillos, para irrigar una superficie de 30,0000 has., de ejercicio eventual, con un caudal de 15,75 Its./seg. como máximo, con aguas a derivar de vertientes de Sumalao; debiendo encontrarse los caudales sujetos a las disposiciones del artículo 47 del Código de Aguas;

Que el Programa Jurídico de la Secretaría de Recursos Hídricos del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la citada jurisdicción ministerial, han tomado en su oportunidad la intervención que les compete, expidiéndose en sentido favorable;

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 32, y con encuadre en los artículos 24, incisos b), 47, 69, y concordantes del Código de Aguas -Ley Nº 7.017- y su Decreto Reglamentario Nº 2.299/2003, corresponde el dictado del presente acto administrativo;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase la concesión de uso de agua pública, a favor de la Matrícula Nº 5.617 del departamento Cerrillos, de propiedad los señores Guillermo Andrés Benítez Robles, DNI Nº 33.090.073, María Valentina Signorelli, DNI Nº 38.652.081, Isabel Natividad Sánchez, DNI Nº 27.455.468 y Cristina Janet Sánchez, DNI Nº 33.090.680, para irrigar una superficie de 30,0000 has., con un caudal de 15,75 Its./seg. como máximo y de ejercicio eventual, con aguas a derivar de vertientes de Sumalao. Los caudales de esta concesión se entregarán de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 32 del Código de Aguas -Ley Nº 7.017- y sujetos a lo dispuesto en los artículos 47 y 69 del mismo cuerpo legal y su Decreto Reglamentario Nº 2.299/2003.

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Producción y Desarrollo Sustentable y por el señor Secretario General de la Gobernación.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.



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