LEY N° 4175
INMUEBLE – RESTITUYE INMUEBLE UBICADO EN DPTO. CAPITAL AL CENTRO JUVENTUD ANTONIANA.

Publicado en el Boletín N° 7664, el día 16 de Septiembre de 1966.
Sancionada el día 14 de Junio de 1966.

LEY Nº 4175
Sancionada el 14/06/1966. Promulgada el 05/09/1966.
Publicada en el Boletín Oficial Nº 7.664, del 16 de setiembre de 1966.
El Senado y la Cámara de Diputados de la provincia de Salta, sancionan con fuerza de LEY
Artículo 1º.- Apruébase la Ordenanza número 15 dictada por la Municipalidad de la ciudad de Salta y promulgada con fecha 29 de junio de 1965, que textualmente dice:
“ORDENANZA Nº 15
La Municipalidad de la ciudad de Salta, reunida en Consejo, ha acordado; y,
ORDENA:
Artículo 1º.- Restitúyese al Centro Juventud Antoniana de Salta, el terreno individualizado como Sección “D”, Parcela 8, Manzana número 31, ubicado entre las calles Catamarca, Rioja y San Luis, donado por Decreto número 215 del 24-4-62, expediente número 6.020/62, dictado por el Comisionado Interventor de la Municipalidad de Salta, facultado por Decreto Ley número 82/62, ampliatorio del Decreto Ley
número 52/62, ratificados por las Honorables Cámaras Legislativas de la Provincia.
Art. 2º.- El Centro Juventud Antoniana, dará estricto cumplimiento a los incisos a), b), c), d), e), y f) del
artículo 1º del Decreto Ley número 52/62.
Art. 3º.- Derógase la Ordenanza número 66 del 22-5-64.
Art. 4º.- Comuníquese, publíquese, y dése al Registro Municipal.
Dada en la Sala de Sesiones, en Salta, a los veinticuatro días del mes de junio, del año mil novecientos sesenta y cinco.
Fdo.: Héctor Obeid, Presidente Honorable Concejo Deliberante; José Asencio Orquera, Secretario Honorable Concejo Deliberante.
Departamento Ejecutivo, junio 29 de 1965.
Promúlguese, téngase por ordenanza, comuníquese, publíquese, regístrese bajo el número 15, insértese en el Boletín Municipal y archívese.
Fdo.: Luis C. D’ Jallad, Intendente Municipal – Antonio Alberto Cirer, Secretario de Gobierno.”
Art. 2º.- Comuníquese, etcétera.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de junio del año mil novecientos sesenta y seis.
EDUARDO PAZ CHAÍN – Alfredo Aráoz – Armando Falcón – Luis A. Borelli
Ministerio de Economía, Finanzas y Obras Públicas
Salta, 5 de setiembre de 1966.
Encontrándose vencido el plazo establecido por el artículo 98 de la Constitución Provincial, téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial de Leyes y archívese.
D’ ANDREA – Cornejo Isasmendi


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