LEY Nº 8138
Expte. 90-27.709/19
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Apruébase en el marco de la Ley 7931, las obras públicas y adquisición de maquinarias y equipos, de acuerdo al Acta de la Comisión Departamental del Municipio de Vaqueros, que como Anexo forma parte de la presente Ley.
Art. 2º.- La presente Ley resulta complementaria de la Ley 7938.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, en Sesión del día veintitrés del mes de abril del año dos mil diecinueve.
Lapad - Godoy - Porcelo - Mellado
SALTA, 16 de Mayo de 2019
DECRETO Nº 615
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, TIERRA Y VIVIENDA
Expediente N° 90-27709/2019 Preexistente.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Téngase por Ley de la Provincia Nº 8138, cúmplase, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial de Leyes y archívese.
URTUBEY - Saravia - Simón Padrós