LEY N° 8150
MODIFICATORIA DEL CÓDIGO FISCAL - DECRETO - LEY Nº 9/75.

Publicado en el Boletín N° 20538, el día 10 de Julio de 2019.
Sancionada el día 13 de Junio de 2019.



LEY N° 8150

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1°.- Incorpórese como inciso g) del artículo 174 del Código Fiscal, el siguiente texto:

"g) Los ingresos provenientes de la producción, representación, composición e interpretación de espectáculos teatrales, musicales y artístico-culturales, efectuados en el ámbito de la provincia de Salta, presentados en salas teatrales oficiales e independientes, estadios y similares.



La exención también comprende a los ingresos de las salas teatrales oficiales e independientes en el ámbito de la provincia de Salta, inscriptas en un registro especial que se creará a tal efecto."



Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.



Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, en Sesión del día trece del mes de junio del año dos mil diecinueve.



Dr. Manuel Santiago Godoy Roberto Enrique Gramaglia

PRESIDENTE VICEPRESIDENTE 3° en ejercicio de la Presidencia

CAMARA DE DIPUTADOS CÁMARA DE SENADORES - SALTA







Dr. Pedro Mellado Dr. LUIS GUILLERMO LOPEZ MIRAU

SECRETARIO LEGISLATIVO SECRETARIO LEGISLATIVO

CÁMARA DE DIPUTADOS Cámara de Senadores - Salta

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SALTA, 04 de Julio de 2019

DECRETO N° 950

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Expediente Nº 91-40861/2019 Preexistente.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Téngase por Ley de la Provincia Nº 8150, cúmplase, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial de Leyes y archívese.



URTUBEY - Estrada - Simón Padrós



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