LEY Nº 8317
Ref. Expte. Nº 91-43.930/21
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Institúyase la primera semana del mes de marzo de cada año como “Semana de Concientización, Prevención y Lucha contra la Obesidad”.
Art. 2º.- El Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos que correspondan, desarrollará actividades de visibilización, capacitación, difusión, prevención y concientización que promuevan la lucha contra la obesidad.
Art. 3º.- La Autoridad de Aplicación será determinada por el Poder Ejecutivo Provincial.
Art. 4º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, en Sesión del día cinco del mes de mayo del año dos mil veintidós.
Esteban Amat Lacroix Mashur Lapad
PRESIDENTE VICE-PRESIDENTE PRIMERO
CÁMARA DE DIPUTADOS En ejercicio de la Presidencia
CÁMARA DE SENADORES - SALTA
Dr. Raúl Romeo Medina Dr. Luis Guillermo López Mirau
SECRETARIO LEGISLATIVO SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE DIPUTADOS CÁMARA DE SENADORES - SALTA
SALTA, 23 de Mayo de 2022
DECRETO Nº 351
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Expediente Nº 91-43930/2021 Preexistente.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Téngase por Ley de la Provincia Nº 8317, cúmplase, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial de Leyes y archívese.
SÁENZ - De los Ríos Plaza (I) - López Morillo