DERÓGASE EL DECRETO LEY Nº 779 DE FECHA 21 DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO (DIGESTO JURÍDICO LEY 7.913, ANEXO IV Y V LEYES CON OBJETO CUMPLIDO O PLAZO VENCIDO)
Artículo 1º.- Derógase el Decreto Ley Nº 779, de fecha 21 de febrero del año en curso.
Art. 2º.- Comuníquese, etc.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Salta, a dieciocho días del mes de junio del año mil novecientos cincuenta y ocho.
JOSE MARIA MUNIZAGA – N. Luciano Leavy –Rafael Alberto Palacios – Rafael Delgado Bracamonte
POR TANTO:
Ministerio de Gobierno, Justicia é Instrucción Pública
Salta, 27 de junio de 1958.
Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial de Leyes y archívese.
BERNARDO BIELLA – Julio A. Barbarán Alvarado