DECRETO-LEY N° 441/57
PROFESIONES - OFICIOS - FACULTA AL CONSEJO PROFESIONAL DE ARQUITECTOS, AGRIMENSIORES E INGENIEROS A CONVOCAR A ELECCIONES.

Publicado en el Boletín N° 5382, el día 09 de Abril de 1957.

DECRETO - LEY N° 441 - E

SALTA, Marzo 28 de 1957.

Por ello,
El Interventor Federal Interino de la Provincia en Ejercicio del Poder Legislativo

Decreta

Con Fuerza de Ley :

Art. 1° - Facultase al Consejo Profesional de Arquitectos, Agrimensores e Ingenieros a convocar a elecciones en el plazo de 30 días a contar de la fecha del presente Decreto-Ley entre los profesionales inscriptos en el registro profesional, para constituir un Concejo Profesional formado por 5 miembros elegidos por el voto directo de los profesionales inscriptos.

Art. 2° - Las elecciones se harán por lista completa previamente aprobada por el Consejo, el que estará formado por lo menos con un profesional de cada rama: Agrimensor, Arquitecto e Ingeniero.

Art. 3° - A los diez días del acto eleccionario se constituirá el nuevo Consejo que en delante tendrá todas las funciones que la Ley N° 1143 y Decreto N° 10.80146 le asignan, siendo los cargos de los Consejeros igualmente ad-honorem.

Art. 4° - El Consejo así constituido deberá, en un plazo de 30 días, elevar al Ministerio de Economía, Finanzas y Obras Públicas un proyecto de reforma de la Ley de Ejercicio de la profesión y de constitución del Consejo Profesional sobre la base de consejeros elegidos por los mismos profesionales inscriptos.

Art. 5° - Elévese a conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional.

Art. 6° - El presente .decreto - ley será refrendado por los señores Ministros en Acuerdo General.

Art. 7° - Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.

DEL CAMPO
JOSE ALFREDO MARTÍNEZ DE HOZ (H)
FERNANDEZ PASTOR

Es Copia :
Pedro Andrés Arranz
Jefe de Despacho Subsecretaría de O. Públicas.


DEL CAMPO.-  JOSE ALFREDO MARTÍNEZ DE HOZ (H) - FERNANDEZ PASTOR

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