DECRETO-LEY N° 496/57
PRÉSTAMO - ACUERDA PRÉSTAMO A LA MUNICIPALIDAD DE PICHANAL. DESTINO ADQUISICIÓN DE CAMIÓN PARA ATENCIÓN DE SERVICIOS MUNICIPALES.

Publicado en el Boletín N° 5406, el día 16 de Mayo de 1957.

DECRETO - LEY N° 496 - E.
SALTA, 8 de mayo de 1957.
Por ello,
El Interventor Federal de la Provincia en Ejercicio del Poder Legislativo
Decreta
Con Fuerza de Ley:
Art. 1° - Concédase a la Municipalidad de Pichanal un préstamo de $ 200.000 (Doscientos mil pesos Moneda Nacional), a los fines de que la misma pueda hacer frente al gasto que le demande la adquisición de un camión para la atención de los servicios municipales.
Art. 2° - Los fondos para el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberán tomarse de Rentas Generales con imputación al presente Decreto - Ley y con cargo de reintegro de las participaciones correspondientes a "la Municipalidad de Pichanal.
Art. 3° - Acéptense las condiciones propuestas por la Municipalidad de Pichanal para la amortización del préstamo acordado por el artículo 1°, debiéndose efectuar la misma en cinco cuotas anuales, iguales y consecutivas, sin interés, con vencimiento al 30 de junio de cada año. Art. 4° - Dispóngase que los importes de las cuotas mencionadas en el artículo anterior sean deducidas por Contaduría General de la Provincia de las participaciones anuales que correspondan a la Municipalidad de Pichanal.
Art. 5° - Elévese a conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 6° - El presente Decreto – Ley será refrendado por los señores Ministros en Acuerdo General.
Art. 7° - Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
DOMINGO NOGUES ACUÑA- ALBERTO JULIO CHUEKE - JUAN FRANCISCO MATHO
Es Copia:
SANTIAGO F. ALONSO HERRERO
Jefe de Despacho del Ministerio de Economía, Finanzas y Obras Públicas


DOMINGO NOGUES ACUÑA- ALBERTO JULIO CHUEKE - JUAN FRANCISCO MATHO

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