ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL – DEJA SIN EFECTO DE MANERA TEMPORARIA ARTICULOS DE LA LEY N° 3957 (ESTATUTO DEL EMPLEADO PUBLICO Y REPARTICIONES AUTARQUICAS).
Publicado en el Boletín N° 9963, el día 09 de Abril de 1976.
DECRETO LEY N° 5/76
Salta, 5 de abril de 1976
El Interventor Militar en la Provincia en Acuerdo General de Ministros
sanciona y promulga con fuerza de LEY:
Artículo 1º.- Déjase sin efecto hasta el 31 de diciembre de 1976, la vigencia de los artículos 6º inciso
a), 7º, 22 inciso 6), 26 y 27 de la Ley número 3.957.
Art. 2º.- Téngase por ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese, e insértese en el
Registro Oficial de Leyes y archívese.
MULHALL – Baudini – Delucchi – Remis