DECRETO-LEY N° 516/57
CONTRATACIONES - APRUEBA ADJUDICACIÓN PARA PROVISIÓN DE VERDURAS, FRUTAS Y LEÑAS HOSPITALES Y HOGARES.

Publicado en el Boletín N° 5421, el día 07 de Junio de 1957.

DECRETO-LEY N.º 516-A
SALTA, mayo 31 de 1957
Expte. Nº 23500/56.
VISTO la necesidad de proveer de verduras,
frutas y leña a los Hospitales de la Capital,
Hogar del Niño, Hogar de Ancianos de La Merced y Hogar Escueta "Dr. Luis Linares”, de La Caldera-; y
CONSIDERANDO
Que por el monto total a que asciende la
provisión de referencia correspondería efectuar
Licitación Privada de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Contabilidad Nº 941, en su
artículo 49º;
Que no obstante estas disposiciones y en razón de la urgencia que existía para efectuar
esta provisión a los distintos servicios nombra
dos precedentemente a fin de no entorpecer su
normal desenvolvimiento, contemplada en el artículo 50º, inciso b) de la citada Ley de Contabilidad, se prescindió de Licitación Privada
llamándose a Concurso de precios entre distintas firmas del ramo, habiendo resultado de mayor conveniencia las ofertas formuladas por las
de Antonio Bayo é Hijo, Manuel Mohedas y Leñatera del Norte;
Que a raíz de los motivos apuntados se resolvió efectuar la adjudicación por Concurso de
Precios, por esta única vez, subsanándose así los inconvenientes que significan efectuarla mediante Licitación Privada, por lo dilatado de su trámite;
Por todo ello, atento a lo informado por la
Oficina de Compras y la Dirección de Administración del Ministerio del rubro,

El Interventor Federal en la Provincia de Salta
En Ejercicio del Poder Legislativo
DECRETA CON FUERZA DE LEY;
Art. 1º— Apruébase la adjudicación dispuesta por la Oficina de Compras del Ministerio de Asuntos Sociales y Salud Pública, a favor de las firmas que se especifican a continuación, para la previsión de verduras, frutas y leña, durante el mes de diciembre del año pasado, a los Hospitales de la Capital, Hogar del Niño, Hogar de Ancianos de La Merced y Hogar Escuela “Dr. Luis Linares”, de La Caldera, con conformidad al detalle que corre agregado a fs. 17 del presente expediente, y por un total de Noventa y Ocho Mil Cuatrocientos Pesos Moneda Nacional ($ 98.400.—).
Antonio Bayo é-Hijo .................. $ 74.200.—
Manuel Mohadas ...............................9.900.—
Leñatera del Norte ............................9.900.—
Total General: $ $ 98.40O.

Art. 2º— El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto-Ley doblará imputarse al Anexo E— Inciso I— Ítem 2— Principal a) 1— Parciales 6 y 32 de la Ley de Presupuesto en vigencia. Ejercicio 1956.
Art. 3º — Elévese a conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 4º — El presente Decreto-Ley será refrendado por los señores Ministros en Acuerdo General
Art. 5º — Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
DOMINGO NOGUES ACUÑA- RAUL BLANCHE -JUAN FRANCISCO MATHO - ADOLFO GAGGIOLO
Es Copia:
ANDRES MENDIETA
Jefe de Despacho de A. Soc. y Salud Pública



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