HOTEL TERMAS ROSARIO DE LA FRONTERA - MODIFICA DECRETO-LEY N° 402/57.
57.
VISTO el decreto-ley Nº 402, dictado por esta, Intervención Federal con flecha 27 de febrero del año en curso, mediante el cual se autoriza a-1 Señor Fiscal de Estado a tomar posesión en nombre de la Provincia del Establecimiento “Hotel Termas de Rosario de la Frontera”; y,
CONSIDERANDO:
Que las actuaciones para el cumplimiento de dicho decreto-ley han sido cumplimentadas, en
todas sus partes, quedando por lo tanto en condición dicho establecimiento de ser habilitado,
prestando de esta manera los beneficios que en tal sentido presta en bien de la Provincia;
Que por consiguiente se hace necesario aclarar el concepto expresado en el Art. 10º del citado decreto-ley para adecuarlos a las necesidades del total funcionamiento del mencionado Hotel;
Por todo ello
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
En Ejercicio del Poder Legislativo
Decreta Con Fuerza de Ley:
Art. 1° - Amplíase el Art. 10° del Decreto - Ley N° 402 del 27/2/97, en el sentido que la aludida partida también podrá ser invertida a cubrir todo gasto que ocasiono el normal funciona miento del Hotel Termas de Rosario de la Frontera.
Art. 2° - El presente Decreto - Ley será refrendado por todos los señores Ministros en ACUERDO GENERAL.
Art. 3° - Elévese a conocimiento del Superior Gobierno de la Nación.
Art. 4° - Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
DOMINGO NOGUES ACUÑA - CARLOS J. SHAW DE ESTRADA - ADOLFO GAGGIOLO - ROQUE RAUL BLANCHE
Es Copia:
MIGUEL SANTIAGO MACIEL
Oficial Mayor de Gobierno, J. é I. Pública
DOMINGO NOGUES ACUÑA - GARLOS J. SHAW DE ESTRADA- ADOLFO GAGGIOLO - ROQUE RAUL BLANCHE