A.G.A.S. AGUA - APRUEBA VENTA A LA MUNICIPALIDAD DE EL GALPÓN DE INSTALACIONES AFECTADAS A LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE ELECTRICIDAD Y AGUA CORRIENTE DE PROPIEDAD DE A.G.A.S.
Publicado en el Boletín N° 5475, el día 28 de Agosto de 1957.
DECRETO – LEY N° 539 - E
SALTA, Junio 18 de 1957.
Expediente Nº 360 A/1957
- VISTO este expediente relacionado con las
gestiones realizadas por la Municipalidad de El Galpón para la compra de las instalaciones eléctricas y servicios de aguas corrientes de esa localidad de propiedad de la Administración General de Aguas de Salta, por la suma de $ 630.000. - m/n pagadera en 20 cuotas anuales iguales, sin interés, adquisición que se propone a fin de que la Comuna pueda aportar esas instalaciones a la Cooperativa Eléctrica de El Galpón, que fuera fundada en el mes de Octubre de 1965, y la Resolución Nº 455 dictada por el Consejo General de la Administración expresada, de fecha 10 de Mayo del corriente año, en la que aconseja al Poder Ejecutivo se apruebe dicha transferencia en las condiciones aludidas; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario que para efectuar su aporte la Comuna de El Galpón constate previamente la existencia de la personería jurídica de la Cooperativa Eléctrica que no tardará en concretarse;
Que asi mismo es conveniente dejar puntualizado que la mencionada contribución de la Municipalidad no significará que la misma transfiere a la Cooperativa sus obligaciones para con la A.G.A.S, las que siendo independientes del aporte, deban quedar subsistentes;
Que la resolución favorable de estas actuaciones se encuentra en consonancia con los planes de la Intervención Federal de fomentar el cooperativismo eléctrico, al mismo tiempo que se descarga a la Administración General de Aguas de Salta de la pesada tarea que le significa la atención de los servicios en las distintas localidades de la Provincia;
Poer ello y atento a lo informado por la Subsecretaría de Economía y Finanzas y por la Administración General de Aguas de Salta y lo dictaminado por el señor Fiscal de Estado,
El Interventor Federal en la Provincia de Salta
en Ejercicio del Poder Legislativo
Decreta con Fuerza de Ley:
Art. 1° - Apruébase la venta a la Municipalidad de el Galpón de las- instalaciones afectadas a la prestación de los servicios públicos de electricidad y agua corriente existentes en esa localidad de propiedad de la Administración General de Aguas de Salta en la suma de $ 650.000 m/n (SEISCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS MONEDA NACIONAL).
Art. 2° - El importe total de $ 650.000 m/n. expresado en el artículo anterior deberá ser amortizado por la Municipalidad dé El Galpón en 20 (veinte) cuotas anuales; iguales y consecutivas, sin interés, con vencimiento al 30 de noviembre de cada año.
Art. 3° - Las cuotas expresadas en el artículo anterior serán deducidas por Contaduría General, mediante comunicaciones al Banco Provincial de Salta de la participación de impuestos que corresponden a la Municipalidad de El Galpón
Art. 4° - Déjese establecido que si la comuna, decide a su vez efectuar el aporte de los bienes expresados a la Cooperativa Eléctrica de El Galpón deberá previamente constatar la existencia de la personería jurídica correspondiente, acordada por el Gobierno de la Nación, condición sin la cual no hará la transferencia.
Art: 5° - Déjese asimismo establecido que el aporte mencionado en el artículo anterior, en caso de efectuarse, no significará la transferencia a la Cooperativa Eléctrica de las obligaciones de la. Municipalidad de El Galpón para con la Administración General de Aguas de Salta; las que continuarán subsistentes y a cargo de la Comuna.
Art. 6° - Elévese a conocimiento del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 7° - El presente Decreto-Ley será refrendado por los señores Ministros en Acuerdo General.
Art. 8° - Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
DOMINGO NOGUES ACUÑA. - CARLOS J. SHAW DE ESTRADA - ADOLFO GAGGIOLO - ROQUE RAUL BLANCHE
Es Copia:
MARIANO COLE ARIAS
Oficial Mayor Ministerio de E. F. y O. Pública
DOMINGO NOGUES ACUÑA. - CARLOS J. SHAW DE ESTRADA - ADOLFO GAGGÍOLO - ROQUE RAUL BLANCHE